El artículo 1.6.1.4.12 del DUT 1625 de 2016 y el artículo 19 de la Resolución Dian 167 de diciembre 30 de 2021 mencionan los 7 requisitos básicos con los que se debe elaborar en forma física el documento equivalente en compras a no obligados a facturar.
Conoce más sobre el tema a continuación.
Una persona natural vende productos excluidos y exentos de IVA, y sus ingresos por los excluidos fueron 170 millones de pesos y por los exentos 100 millones de pesos. ¿Está obligada a facturar electrónicamente?
La Dian no puede reglamentar una norma que ha sido modificada y que establece como requisito sine qua non que sea reglamentada por el Gobierno nacional.
El acuse de recibido de factura en compras a crédito simplemente no está vigente por efectos de la jerarquía normativa.
¿Sabes qué son los documentos electrónicos de la Dian? ¿Conoces las novedades del sistema de facturación? Aprende todo sobre el sistema de facturación electrónica.
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Desde el año 2020 la factura electrónica es obligatoria para todos aquellos obligados a facturar. Sin embargo, hay dos casos específicos en los cuales podrá expedirse la factura de venta en talonario o en papel.
Conoce aquí cuáles son estos casos y otros detalles importantes sobre la facturación.
Con el Oficio 912843 de 2022, la Dian adiciona al Concepto Unificado 0106 de 2022 el descriptor 5.1.1, referido a la naturaleza y definición del registro de la factura electrónica de venta como título valor –Radian–.
Con el Oficio 1130 de 2022, la Dian se pronunció sobre si los sujetos no obligados a facturar electrónicamente están o no obligados a generar y transmitir el documento soporte en operaciones con no obligados a expedir factura o documento equivalente.
Con el Oficio 1138-906781 de 2022, la Dian se refirió a varios aspectos relacionados con la factura electrónica. Entre las conclusiones de la entidad está el que las notas débito, que aumentan el valor de la venta, no sirven como soporte fiscal de costos, deducciones e impuestos descontables, por lo que debe generarse una factura nueva.
Con el Concepto 1137 de 2022, la Dian aclaró si se debe o no expedir factura electrónica en el retiro de inventarios para muestras gratuitas.
El dinero invertido en los servicios gratuitos ofrecidos por la Dian necesita una veeduría ciudadana dirigida a que, si se crean normas de obligatorio cumplimiento, estas puedan ser cubiertas con la utilización del servicio gratuito puesto a disposición por la Dian y financiado con recursos públicos.
Con la Resolución 000085 de 2022, la Dian reglamentó el mensaje electrónico de recibido de facturas en compras a crédito previsto en el inciso 10 del artículo 616-1 del ET.
Debido a los interrogantes generados sobre este nuevo requerimiento, la Dian ha expedido varios conceptos refiriendo a dicho mensaje.
Con el Concepto 1070 de 2022, la Dian precisó cómo se elabora el documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados a expedir factura electrónica de venta cuando estos no tienen identificación fiscal del exterior.