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Regularmente, entre las personas naturales pueden realizarse donaciones, las cuales pasan a ser consideradas como ganancias ocasionales para efectos de la declaración de renta.
No obstante, una parte de la donación recibida es considerada como ganancia ocasional exenta según el artículo 307 del ET.
En esta herramienta puedes encontrar tres casos de ganancia ocasional en venta de activos fijos, a saber:
1) cuando la utilidad en venta es superior a la depreciación;
2) cuando la utilidad es inferior a la depreciación; y
3) cuando genera una pérdida en la venta del activo fijo.