¿Los anticipos recibidos se reconocen como ingresos? ¿Cuáles son sus tratamientos contable y fiscalmente?
¿Cómo se reconocen contablemente los ingresos en las empresas de transporte? ¿Para efectos fiscales el reconocimiento es contrario? ¿Cómo se concilian estos ingresos en el formato 2516?
Si un pasivo se dio de baja contablemente por ser inexistente, pero fiscalmente continúa presentándose en la declaración de renta, ¿cómo se concilia esta diferencia? ¿Cuáles son las implicaciones tributarias?
La presente ley tiene por objeto adoptar disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, a reforzar la articulación y coordinación de las entidades del Estado y a recuperar los daños ocasionados por dichos actos. Esto con el fin de asegurar y promover la cultura de la legalidad e integridad y recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público.
En materia contable la presente ley aborda temas referentes al registro contable de transacciones y las sanciones por violaciones a las prohibiciones sobre los libros de contabilidad.
En cuanto a la labor del revisor fiscal, este deberá verificar el cumplimiento y eficacia de los programas de transparencia y ética empresarial y emitir una opinión sobre estos. Así mismo, la ley establece la obligación de denunciar conductas punibles relacionadas con la administración pública.