¿En cuáles casos los contribuyentes del régimen simple de tributación no estarán obligados a realizar anticipos bimestrales a lo largo del año 2023 y siguientes?
Así lo dispuso la Resolución 001289 de diciembre 21 de 2022. De todas formas, no es lógico que se pida diligenciar las hojas 3 y 4 del formulario 260 con la información de los activos en el exterior a diciembre 31 de 2022 si la Ley 2277 de 2022 exige que también se deberá presentar el formulario 160.
Para la elaboración de la declaración de renta y la declaración del SIMPLE se deberán tomar en cuenta los cambios introducidos con las normativas del año 2021, tales como las leyes 2099, 2133 y 2155 de 2021.
Igualmente, varias resoluciones recientes de la Dian y algunas normas de la Ley 2277 de 2022.
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El 28 de febrero de 2023 vencerá el plazo para trasladarse voluntariamente desde el régimen ordinario hacia el régimen simple, así lo establece el artículo 909 del ET.
Para optar por dicho régimen deben considerarse los nuevos requisitos de la Ley 2277 de 2022 y tributar con las nuevas tarifas.
De acuerdo con el Decreto 2487 de diciembre de 2022, durante febrero de 2023 los inscritos en el régimen simple tendrán que presentar la declaración anual de IVA, la cual deberá contener los mismos valores que se debieron anticipar a lo largo del año 2022 en el formulario 2593.
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La Ley 2277 de 2022 introdujo varias novedades al régimen simple de tributación, las cuales empezarán a regir a partir del año gravable 2023, entre ellas algunas relacionadas con los descuentos tributarios a los que podrán acceder estos contribuyentes.
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La Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 607 del ET para establecer que los contribuyentes del régimen simple de tributación deberán presentar la declaración anual informativa de activos en el exterior.
Para esto deberán emplear el formulario 160 y presentarlo en las fechas que fijaría el Gobierno.
Los plazos para presentar la declaración anual consolidada del régimen simple 2022 se encuentran en el artículo 1.6.1.13.2.50 del Decreto 1625 de 2016, modificado por el Decreto 2487 de 2022.
Estos contribuyentes deberán presentar y pagar 6 anticipos bimestrales en el año gravable 2023.
A partir del año gravable 2023, las personas naturales o jurídicas que presten servicios profesionales y deseen pertenecer al régimen simple deberán cumplir un doble requisito especial con sus ingresos brutos.
Además, liquidarán sus anticipos obligatorios y su impuesto anual utilizando mayores tarifas.
Las personas naturales que se trasladan al régimen simple deben tributar sobre sus ingresos brutos ordinarios.
En cambio, en el régimen ordinario, solo lo hacen si en su cédula general las utilidades fiscales superan 1.090 UVT.
Aquí te contamos cuándo es conveniente el cambio de régimen.
Quienes al cierre de 2022 pertenecían al régimen ordinario y seguirán en dicho régimen deben considerar que la Ley 2277 de 2022 eliminó el descuento tributario de industria y comercio.
Los que piensen trasladarse al SIMPLE en 2023 deben saber que en dicho régimen no se puede usar ninguna deducción.