La reglamentación del régimen simple dispone que el anticipo al impuesto de renta del año siguiente liquidado en una declaración de renta se puede arrastrar a la declaración anual del SIMPLE, pero no se puede hacer lo mismo con las pérdidas ni con los saldos a favor.
Conoce los detalles a continuación.
Una persona jurídica que en el 2021 pertenecía al régimen ordinario, pero en febrero de 2022 se trasladó al régimen simple, ¿debe liquidar el anticipo al impuesto de renta del régimen ordinario del año 2022?
¿Con qué opciones cuentan los contribuyentes del régimen ordinario que decidan pasarse al régimen simple por el año gravable 2022 frente al tratamiento del impuesto de industria y comercio causado en el año gravable 2021?
¿Si una persona natural decidió en febrero de 2022 trasladarse al régimen simple, pero en enero de 2022 ya le habían practicado retenciones a título de renta, cuando podrá restarse tales retenciones?
El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, resuelve inquietudes relacionadas con el IVA, INC, facturación electrónica, régimen simple de tributación, nómina electrónica, declaración de renta, devolución del IVA y otros temas de actualidad.
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¿Los contribuyentes del simple que estén en procesos de insolvencia también pueden aplicar en el formulario 260 la compensación de pérdidas fiscales referida en el artículo 15 del Decreto Ley 772 de junio de 2020?
¿Cuál es la firmeza de los formularios 2593 de anticipos bimestrales del régimen simple?
¿Los restaurantes y bares pertenecientes al régimen simple de tributación deberán actualizar su RUT en 2022?
¿Si una persona natural del régimen simple vende un activo poseído por más de dos años queda sujeta a retención en la fuente?
Un contribuyente del SIMPLE que sí es responsable del IVA y entrega bolsas plásticas, ¿debe presentar bimestralmente el formulario 310 para informar el INC de bolsas plásticas?
¿A cuáles personas naturales no les conviene trasladarse al régimen simple de tributación?