Un rentista de capital hace parte del régimen contributivo, razón por la cual se encuentra obligado a cotizar al sistema de seguridad social. No obstante, existen excepciones a esta regla. ¿Las conoces? ¡Revisa cómo están tus conocimientos en este tema!
Un rentista de capital, al ser ubicado en la categoría de trabajador independiente, está en la obligación de realizar aportes al sistema de seguridad social, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1273 de 2018, salvo que se encuentre bajo una causal de exoneración.
El Mintrabajo, con base en sentencia de la Corte Constitucional que ubica a los rentistas de capital en la categoría de trabajadores independientes; dispuso que estos debían acogerse a lo dispuesto para tales trabajadores sobre aportes a seguridad social, estos últimos regulados a través del Decreto 1273 de 2018.