¿Existen cuantías mínimas para practicar retención en la fuente sobre dividendos?
¿Qué plazo tienen los empleadores para expedir el certificado de retención por pagos laborales del año gravable 2021?
Con la expedición de la Ley 2155 de 2021 no se realizaron modificaciones a las tarifas de retención en la fuente ni a las instrucciones de los artículos que la regulan.
Conoce más detalles en nuestro Libro Blanco Mecanismo de Retención en la Fuente por el año gravable 2022.
Los certificados de retención son documentos que permiten soportar todas aquellas retenciones en la fuente practicadas durante un determinado período.
No expedir dichos certificados expondrá al agente retenedor a la sanción del artículo 667 del ET.
Quienes reciban premios de loterías, rifas, apuestas o similares, estarán sometidos al 20 % de retención en la fuente sobre el valor ganado, siempre que este supere el $1.824.000 por 2022.
Además, el monto recibido deberá ser incluido como ingreso por ganancia ocasional dentro de la declaración de renta.
Muchos agentes de retención incluyen en los certificados de retención la frase: “esta retención fue oportunamente consignada”, que sería falsa si no se ha pagado dicha consignación.
No revisar la veracidad o no expedir oportunamente los certificados implicaría exponerse a sanciones penales y tributarias.
Compartimos las tarifas de retención en la fuente 2022 a título de renta en compras, servicios, arrendamientos, honorarios y comisiones, entre otros.
Este editorial incluye las tarifas actualizadas con sus respectivas cuantías mínimas en UVT y en pesos (el monto de la UVT para 2022 es de $38.004).
El Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, resuelve inquietudes relacionadas con retención en la fuente, impuesto de normalización tributaria, facturación electrónica, Esal, certificado de socios o accionistas y otros temas de actualidad.
Teniendo en cuenta la prórroga efectuada por la Ley 2159 de 2021 con relación al Decreto Legislativo 560 de 2020, ¿en 2022 sigue aplicando la exoneración de retención en la fuente y autorretención para aquellas empresas admitidas en procesos de reorganización empresarial?
Mediante la Sentencia 22105 de 2021, el Consejo de Estado realizó aclaraciones respecto al término de firmeza para declaraciones de IVA y retención en la fuente.
Se deberá computar la firmeza de estas declaraciones junto con la declaración de renta del mismo período gravable, sin excepción.
Dian expide el Concepto 204 de 2022, mediante el cual se resuelven inquietudes respecto a un caso en el cual un contribuyente del régimen simple responsable del IVA realiza operaciones comerciales de compra de materias primas e insumos a un contribuyente del impuesto de renta autorizado como autorretenedor del impuesto de renta.
¿Los inscritos en el SIMPLE deben practicar retención en la fuente (artículo 383 del ET) a los pagos por honorarios que se asimilan a rentas de trabajo por no tener 2 o más trabajadores vinculados a su actividad?