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Conoce qué se debe atender durante 2022 para calcular la retención en la fuente a título de rentas de trabajo (laborales y no laborales).
En este editorial encontrarás la descripción y enlaces de las herramientas que elaboró nuestro líder en investigación tributaria, Diego Guevara Madrid.
El Dr. Diego Guevara Madrid, especialista en temas tributarios, responde si las sucesiones ilíquidas deben practicar retención en la fuente por compras.
La retención en la fuente es un mecanismo de recaudo anticipado de los impuestos dentro del mismo período gravable en que se causan.
Esta es aplicada en una transacción en que se intercambia un bien o un servicio.
Aquí te contamos cómo procede la retención en la venta de un vehículo.
Los criptoactivos son un tipo de activo digital que pueden poseer tanto personas naturales como jurídicas y, por tanto, hace parte de su patrimonio.
La enajenación, compra y tenencia de los criptoactivos genera una serie de obligaciones tributarias.
Aquí te contamos todos los detalles al respecto.
Quienes poseen obligaciones pendientes con la Dian pueden suscribir unas facilidades de pago que permitan su cumplimiento, así como las sanciones e intereses moratorios derivados de estas.
Conoce aquí lo que debes tener en cuenta al momento de suscribir un acuerdo con la administración tributaria.
Según el parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.17 del DUT 1625 de 2016, modificado con los decretos 1808 de 2019 y 359 de 2020, las personas naturales no comerciantes no practican retención en la fuente sobre salarios
Lo anterior aplica sin importar si pertenecen al régimen ordinario o al SIMPLE.
¿Cuál es la sanción por no presentar la declaración de retención en la fuente?
En el formato 1001 v. 10 se reportan de forma individual los pagos o abonos en cuenta efectuados a terceros en Colombia o en el exterior, deducibles o no en renta, y los valores de las retenciones a título de renta, IVA y timbre practicadas o asumidas con ellos que superen los $100.000.
Con esta guía puedes preparar la información que se presentará en el formato 1003 v. 7 para el reporte de exógena del año gravable 2021.
En este formato deben reportarse las retenciones en la fuente a título de renta, IVA y timbre que terceros le hayan practicado a la entidad o persona informante.
Dian expidió el Concepto 416 de 2022, mediante el que señala cuál es la base gravable sobre la que se debe liquidar la retención en la fuente al momento de efectuarse una compraventa de un vehículo de una persona natural.
Según el parágrafo 2 del artículo 606 del ET, no será necesario presentar la declaración de retención en la fuente en los períodos en los que no se realicen retenciones.
Sin embargo, ¿presentarla en ceros trae alguna ventaja para el agente retenedor?
Conoce aquí la respuesta a este interrogante.
Consejo de Estado expidió la Sentencia 25625 de 2022, mediante la cual reitera la validez probatoria de la declaración de retención en la fuente presentada sin pago total.