Por la cual se establecen los lugares y plazos para la presentación y pago de la declaración y liquidación privada del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros por el año gravable 2018. El 27 de diciembre de 2018 la Alcaldía de Santiago de Cali expidió la Resolución 4131.040.21.1882, con […]
Tras las modificaciones realizadas por el artículo 5 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018 al artículo 437-1 del ET, se establece que la retención en la fuente a título de IVA podrá llegar a ser hasta del 50 % del valor del impuesto para los casos determinados por el Gobierno.
A través del Concepto 1399 de enero 18 de 2019, la Dian aclara varios aspectos relacionados con la ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago total, en virtud de lo establecido en el artículo 580-1 del ET.
Entre los asuntos aclarados se indica que, si la declaración se presenta de forma oportuna en los términos mencionados en dicho artículo, y con dicha declaración se hace un pago parcial, pero dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para declarar se realiza el pago del valor restante junto con los intereses moratorios a los que haya lugar, se cumple el presupuesto para que dicha declaración tenga validez.
Por otra parte, también se precisa que, si la declaración es presentada de manera extemporánea y sin el pago total, o si es presentada oportunamente, pero el pago se realiza pasados los dos meses siguientes al vencimiento del plazo para declarar, dicha declaración no producirá efectos legales; es decir, se considerará ineficaz y constituirá una conducta punible por el artículo 402 del Código Penal.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Se le puede practicar retención en la fuente por procedimiento 1 a un cobrador de honorarios que contrató 3 personas por un término inferior a 90 días?
Resueltas enero 10 de 2019
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Cómo se debe efectuar la retención en la fuente por servicios cuando los pagos se hacen quincenalmente?
Resuelta diciembre 20 de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Se debe aplicar retención en la fuente sobre las transferencias de dinero desde el exterior a una persona natural residente?
Resuelta diciembre 20 de 2018
Los representantes legales podrán perder su libertad debido al incumplimiento de la responsabilidad relacionada con la omisión en la consignación de sumas correspondientes a la retención en la fuente, IVA o el monto por el impuesto al consumo, de acuerdo con el artículo 402 de la Ley 599 del 2000.
Los aportes obligatorios realizados por trabajadores, empleadores y afiliados al sistema general de seguridad social en pensiones conservan la cualidad de no formar parte de la base de retención en la fuente por rentas de trabajo; la Ley de financiamiento efectuó algunos cambios al artículo 55 del ET.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿En qué casos se debe aplicar la retención en la fuente a título de IVA por el arrendamiento de bienes inmuebles?
Resuelta diciembre 20 de 2018
La Ley de financiamiento 1943 de diciembre 28 de 2018 realizó varias modificaciones importantes a las normas del Estatuto Tributario, que rigen el impuesto de renta y su retención en la fuente para personas naturales residentes que perciban rentas de trabajo, sean laborales o no laborales.
El ingreso base de cotización –IBC– es el valor sobre el cual se realizan los aportes al sistema de seguridad social. El Decreto 1273 de 2018 realiza precisiones acerca de su cálculo por los contratistas y cómo deberán manejarlo los contratantes ¡Revisa cómo están tus conocimientos en este tema!
El artículo 5 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018, a través del cual se modificó el artículo 437-1 del Estatuto Tributario, establece que la tarifa general para practicar retención a título de IVA podrá llegar a ser de hasta el 50 %, pero solo en los casos que determine el Gobierno nacional.