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De acuerdo con las normas del artículo 911 del ET y los artículos 1.2.4.1.17 y 1.5.8.3.1 del ET, las personas naturales del régimen simple tendrían que cumplir al mismo tiempo con la norma del artículo 368-2 del ET para quedar obligadas a practicar retención en la fuente sobre pagos laborales.
De acuerdo con el calendario tributario 2022, contenido en el Decreto 1778 de 2021, en septiembre de 2022 vencen 10 obligaciones tributarias, incluida la declaración de renta de personas naturales AG 2021.
Al respecto, desde enero de 2020 el portal de la Dian no ha presentado colapsos generalizados.
Para aplicar la retención en la fuente a título del IVA se deben tener en cuenta las mismas cuantías mínimas no sujetas a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta por concepto de servicios y de otros ingresos tributarios.
A continuación, precisamos algunos detalles al respecto.
Con el Concepto 1006 de 2022 la Dian detalla aspectos sobre el reintegro de la retención en la fuente practicada en exceso en relación con el inciso segundo del artículo 1.2.4.16 del Decreto 1625 de 2016.
Con el Concepto 992 de 2022 la Dian aclara si las divisiones de fiscalización de la Dian requieren o no proferir un acto administrativo para declarar como no válida una declaración de retención en la fuente.
Con el Concepto 991 de 2022 la Dian resuelve varios interrogantes relacionados con la ineficacia de las declaraciones de retención en la fuente; entre ellos, si se puede o no proferir un acto administrativo para dar de baja las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago erróneamente por un no obligado.
Así lo establece el artículo 1.2.4.9.1 del DUT 1625 de 2016, el cual recopila la norma del artículo 5 del Decreto 1512 de 1985. En todo caso, si el vendedor de las acciones o cuotas es una sociedad que sí vincula empleados, tendrá que practicarse la autorretención especial del Decreto 2201 de 2016.
El parágrafo del artículo 401 del ET establece un tratamiento especial para la retención en la fuente por la compraventa de bienes raíces entre personas jurídicas.
Dicha retención se altera si alguna o ambas de las personas jurídicas que intervienen en la operación pertenecen al régimen simple.
Para obtener la autorización como autorretenedores, se deben cumplir 3 requisitos básicos; entre ellos, haber obtenido en el año anterior ingresos brutos superiores a 130.000 UVT.
Así lo establece la Resolución 005707 de agosto 5 de 2019, la cual reemplazó a la Resolución 004074 de mayo 25 de 2005.
El Estatuto Tributario expone las condiciones para que las personas naturales sean agentes de retención. En este artículo analizamos si los ingresos brutos correspondientes a ganancias ocasionales deben tenerse en cuenta para establecer esta responsabilidad.
Conoce la respuesta en las siguientes líneas.
La firmeza en la condición jurídica que adquiere una declaración tributaria impide ser cuestionada o modificada por la Dian.
El artículo 705-1 del ET se refiere al término de firmeza de la declaración de retención en la fuente, la cual tendrá una condición en particular.
Aquí te contamos los detalles.
El artículo 911 del ET precisa que los contribuyentes del SIMPLE no están sujetos a retenciones en la fuente ni tampoco obligados a practicarlas, sin perjuicio de las retenciones sobre pagos laborales y a título de IVA.
Sin embargo, ¿qué sucede al momento de la retención sobre ganancias ocasionales?