Nuevos recursos
Contabilidad - 11 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 8 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 8 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 8 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 6 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 6 agosto, 2025
Contratos - 6 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 6 agosto, 2025
Contratos - 6 agosto, 2025
Derecho Laboral - 6 agosto, 2025
FORMATOS - 6 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 5 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 5 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 5 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 4 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 4 agosto, 2025
ACTUALIDAD - 4 agosto, 2025
Derecho Laboral - 4 agosto, 2025
Masterclass - 11 agosto, 2025
Capacitación - 8 agosto, 2025
Capacitación - 1 agosto, 2025
Guía Actualícese - 24 julio, 2025
Curso - 17 julio, 2025
En relación con la aplicación de la tasa mínima de tributación, ha existido debate sobre si las sociedades que reportan pérdidas contables antes de impuestos están obligadas a calcular dicha tasa. Al respecto, el pasado 3 de julio el Consejo de Estado emitió una decisión clave, en la que reafirmó la validez de la doctrina de la Dian.
Cuando las personas jurídicas sujetas al cálculo de la tasa mínima de tributación liquidan inicialmente un impuesto neto de renta que no cumple con la norma, pueden elegir entre dos opciones para elevar su tributación.
Te explicamos qué opción resulta más beneficiosa para los socios o accionistas.
Las cooperativas que hacen parte del régimen tributario especial cuentan con normas particulares que las diferencian de otras entidades. Desde la determinación del excedente fiscal hasta las tarifas con las que tributan sus excedentes.
Aquí exploramos las características clave de su tratamiento tributario.
¿Las entidades del régimen tributario especial están sujetas al cálculo de la tasa mínima de tributación del artículo 240 del ET?
El Consejo de Estado suspendió los numerales 12 y 20 del Concepto Dian 202 de 2024 sobre la tasa mínima de tributación, con los cuales indicaba que al calcular la “utilidad depurada” sí se podía tomar en cuenta la “pérdida contable antes de impuestos” y no solo la “utilidad contable antes de impuestos”.
La Corte concluyó que, aunque la tasa mínima de tributación se calcule con un 15 % sobre una utilidad contable que puede estar afectada con estimaciones contables, se cumple con el juicio de “proporcionalidad de intensidad leve”; por tanto, no afecta la capacidad contributiva de los contribuyentes.
El proyecto de reforma tributaria propuesto en septiembre de 2024 introduce un sistema de tarifas marginales para el impuesto de renta de personas jurídicas, modificando el artículo 240 del ET.
Sigue leyendo para entender los detalles de la propuesta y cómo funcionarían las tarifas marginales.
¿Por qué se dice que las sociedades obligadas a liquidar sobretasa al impuesto de renta terminan alcanzando más fácilmente la tasa mínima de tributación?
Quienes liquiden al cierre de 2024 un mayor impuesto por aplicación de la tasa mínima de tributación, ¿también pueden terminar obteniendo el beneficio de auditoría del artículo 689-3 del ET?
¿Cómo se efectuará al cierre de 2024 el cálculo de la utilidad gravada y no gravada en cabeza de los socios o accionistas para las sociedades que terminen liquidando mayores impuestos por aplicación de la tasa mínima de tributación?
¿De acuerdo con el Estatuto Tributario cuáles son algunas partidas que las personas jurídicas del régimen ordinario pueden tener reconocidas como ingresos que solo serían contables pero que no se tomarían en cuenta como ingreso fiscal? ¿Tales partidas afectan el cálculo de la tasa mínima de tributación?
La Dian ha explicado que la renta líquida gravable y la utilidad depurada no son equivalentes, ya que difieren en su propósito y en los elementos a partir de los cuales se calculan. La Dian en su Concepto 100208192-534 del 10 de julio de 2024 realizó la duodécima adición al concepto general sobre el impuesto […]