¿Las sociedades instaladas en las Zomac también pueden acoger su declaración de renta de los años gravables 2019 a 2021 al beneficio de auditoría?
La casilla 89 de la segunda página del RUT contiene varios códigos especiales con los que se podrán identificar los beneficios tributarios especiales por los cuales han optado algunas sociedades del régimen ordinario, a saber: beneficios por Zomac, Zese o régimen CHC.
¿Las empresas instaladas en una Zomac pueden optar por inscribirse al régimen simple de tributación?
¿En qué consisten los beneficios tributarios para las empresas ubicadas en la Zomac y qué requisitos se deben reunir para aplicar a ellos?
Una sociedad que tiene el beneficio de las Zomac, ¿le conviene pasarse al régimen simple de tributación?
¿Cuál es el régimen fiscal que debe ser aplicado para las empresas ubicadas en las Zomac, Zese y zonas francas?
¿Qué son las Zomac? ¿Qué tipo de beneficios tributarios aplican en este caso? ¿Qué cambios introdujo la ley de crecimiento económico al respecto?
¿Cómo pueden los contribuyentes acceder a incentivos fiscales a través de las Zomac?
Hasta el 21 de septiembre de 2019 el Ministerio de Hacienda recibirá comentarios sobre el proyecto de decreto que emitió recientemente, el cual reglamenta el artículo 800-1 del Estatuto Tributario y establece novedades a propósito del mecanismo de obras por impuestos.
Las sociedades constituidas a partir de diciembre de 2016, instaladas en municipios considerados Zomac y que califiquen como micro o pequeñas empresas tendrán entre el 2017 y el 2021 una tarifa de tributación del 0 % en el régimen ordinario. A dichas sociedades no les conviene el régimen simple.
Ecopetrol y el Grupo Energía Bogotá son algunas de las empresas seleccionadas para llevar a cabo proyectos en zonas más afectadas por el conflicto armado para 2019. El Decreto 2469 del 28 de diciembre de 2018 facilita los procedimientos para ejecutar el mecanismo de obras por impuestos.
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que sean personas naturales o jurídicas podrán optar por el mecanismo de obras por impuestos, solo si cumplen ciertas condiciones, incluyendo el haber obtenido en el año anterior ingresos iguales o superiores a 33.610 UVT.