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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Teletrabajo según la Resolución 3192 de 2022 del Ministerio del trabajo


Actualizado: 5 septiembre, 2022 (hace 2 años)

Responde conferencista: Angie Marcela Vargas.

¿En qué consiste la Resolución 3192 del 3 de agosto de 2022 del Ministerio del trabajo? ¿Cómo se encuentra actualmente reglamentado el teletrabajo?

Pregunta resuelta 19 de agosto de 2022.

El teletrabajo es una forma especial de ejecución del trabajo en el cual se desarrollan las actividades laborales mediante las tecnologías de la información y la comunicación –TIC–. En este persiste el contacto entre el empleador y el trabajador sin que se requiera la presencia física de este último en las instalaciones de la empresa.

Mediante la Resolución 3192 del 3 de agosto de 2022 se regulan los plazos y metodologías para la elaboración de dicha política de fomento e implementación del teletrabajo.

Según la resolución, los plazos para su formulación serán desarrollados a partir de fases del ciclo de política pública: formulación y reglamentación, implementación, seguimiento y evaluación.

De igual manera, los lineamientos para la formulación deben contener los ejes de infraestructura y telecomunicaciones, acceso a equipos de computación, capacitación, incentivos y evaluación permanente, entre otros.

En el siguiente video, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y en seguridad social explica que la Resolución 3192 del 3 de agosto de 2022 no afecta tanto a los empleadores, sino que, por el contrario, orienta a la ejecución del plan para que las diferentes entidades del estado fomenten la implementación del teletrabajo.

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