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Tratamiento contable de las obligaciones tributarias que prescriben

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Si una entidad tiene obligaciones tributarias que ya prescribieron, qué procedimiento se debe realizar en el reporte de información financiera?

Fecha de publicación: 14 de febrero de 2018
Tratamiento contable de las obligaciones tributarias que prescriben
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Si una entidad tiene obligaciones tributarias que ya prescribieron, qué procedimiento se debe realizar en el reporte de información financiera?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, indica que en el giro de los negocios las entidades deben responder por obligaciones de carácter comercial, laboral y tributario, entre otras. Acorde a lo anterior, el párrafo 11,36 de la sección 11 de la norma para pymes indica que cuando una obligación se extingue o prescribe se debe hacer el proceso de baja en cuentas del pasivo financiero con la finalidad de que los reportes de información financiera reflejen la realidad del ente económico.