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Tratamiento tributario de las cesantías e intereses que se paguen en 2025: ¿cuándo son ingreso fiscal?


cesantías

Aquí hablaremos sobre...

  • Reconocimiento como ingreso de las cesantías consignadas
  • Las cesantías e intereses no se someten a retención en la fuente en ningún momento

El artículo 27 del ET y el DUT 1625 de 2016 confirman que las cesantías de los años 2017 y siguientes son ingreso fiscal en el año en que se consignen.

Estas no se someten a retención según el parágrafo 3 del artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 22 del Decreto 841 de 1998.

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