Las unidades de inteligencia financiera reúnen los informes sobre operaciones sospechosas que proporcionan las entidades reportantes para combatir el lavado de dinero.
Para el desarrollo de productos de inteligencia financiera, la UIAF usa información de los reportes de operaciones sospechosas –ROS–.
Javier Gutiérrez, director de la Unidad de Información y Análisis Financiero –UIAF–, afirma en infolaft.com que el flujo de información hacia las unidades de inteligencia financiera –UIF–, como parte fundamental de los sistemas antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo, está diseñado con una lógica que facilita y garantiza la reserva de la misma en cada una de las fases de prevención, detección, investigación y juzgamiento:
Afectar la confianza y la confidencialidad de la información distorsiona el funcionamiento mismo del sistema, atentando contra la reserva de la información suministrada a las UIF. Lo anterior conlleva un riesgo legal y reputacional de incalculables consecuencias.
Gutiérrez hace énfasis en que es necesario recordar que las entradas y salidas de información en la Unidad de Información y Análisis Financiero de Colombia obedecen a lineamientos plasmados en la Constitución y las leyes, soportados, además, en los Estándares Internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional –GAFI–.
En este esquema, el rol articulador de la UIAF está determinado por criterios de especialidad que incluyen la protección de las fuentes y de la información que recauda, analiza y difunde a las autoridades competentes.
Estos dos aspectos sustentan el capital intangible de la confianza, una variable sin la cual el sistema ALA/CFT no podría funcionar. La confianza facilita la producción de información desde la colaboración, lo que lleva a potenciar los resultados del sistema ALA/CFT.
Un sistema que debe ser entendido como un modelo de organización cooperativa, cuyo objetivo es la protección y el crecimiento de la economía a partir del desmantelamiento de las economías ilícitas y de las redes del crimen organizado.
Las unidades de inteligencia financiera tienen la tarea de “reunir los informes sobre operaciones sospechosas que proporcionan las instituciones financieras y otras personas y entidades reportantes, analizarlos y difundir los resultados a la Fiscalía, con el objetivo de combatir el lavado de dinero, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas”.
Los países deben establecer una UIF que sirva como centro nacional para la recepción y análisis de dos tipos de información:
Además, el estándar señala que la UIF “debe ser capaz de obtener información adicional de los sujetos obligados y tener acceso oportuno a la información financiera, administrativa y del orden público que requiera para desempeñar sus funciones apropiadamente”.
Para el desarrollo de productos de inteligencia financiera, la UIAF de Colombia usa información aportada por los organismos de inteligencia, la fuerza pública, la Fiscalía General de la Nación, las UIF y los cerca de 22.000 reportantes que envían reportes de operaciones sospechosas –ROS– y otro tipo de información.
Esta información está amparada por la reserva que establecen las leyes 526 de 1999 y 1621 de 2013. En la exposición de motivos de la Ley 526 se estableció que, en el flujo de información entre las entidades financieras y las autoridades judiciales, en materia de operaciones sospechosas, debía incorporarse una unidad técnica con la capacidad de analizar la información contenida en el ROS y articularla con otra información disponible.
La UIAF es la pieza clave encargada de determinar si una sospecha tiene el mérito suficiente para ser investigada por las autoridades judiciales, lo cual se plasma en productos de inteligencia con carácter orientador.Este paso en el flujo de información no puede saltarse, no solo por lo que implica para las investigaciones de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, sino, además, porque vulneraría la custodia y la reserva de la información suministrada en los ROS y en toda la información financiera y comercial a la que accede la UIAF, violando con ello la ley.