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ACTUALIDAD  - 5 agosto, 2025

Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Información exógena año gravable 2021: normativa y plazos a tener en cuenta


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Aquí hablaremos sobre...

  • Plazos para presentar los formatos de información exógena por el año gravable 2021
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Todo lo relacionado con el reporte de la información exógena por el año gravable 2021 lo encuentras en nuestro Libro Blanco de 389 páginas y 31 casos prácticos.

Este manual teórico-práctico presenta la normatividad relacionada con el tema, así como los plazos para presentar los formatos de exógena por el año gravable 2021.

Para la presentación del reporte de información exógena del año gravable 2021 se deberán tener en cuenta las precisiones establecidas en la Resolución 000098 de 2020 y las modificaciones realizadas por la Resolución 000147 de 2021. La Resolución 000098 de 2020 fue expedida en cumplimiento de la norma contenida en el parágrafo 3 del artículo 631 del ET, la cual señala que la información referida en los artículos 624, 625, 628 y 629 del mismo estatuto deberá presentarse en medios magnéticos o cualquier otro medio electrónico para la transmisión de datos cuyo contenido y características técnicas deben ser definidas por la Dian por lo menos con dos meses de anterioridad al último día del año gravable anterior al cual se solicita la información.

Es importante observar que debido a que las resoluciones con las que se solicita el reporte de información exógena en cada período son expedidas en virtud de tal norma, no incluyen los cambios o novedades que surgen con las reformas tributarias, que por lo regular tienden a darse en los últimos meses del año. Es así como por el año gravable 2021, desde el 9 de septiembre de dicho año fue publicado un proyecto de resolución para modificar la Resolución 000098 de 2020. Finalmente, en diciembre 7 de 2021 fue materializado el mencionado proyecto a través de la Resolución 000147. Así las cosas, para el reporte de información exógena por el año gravable 2021 se deberán atender ambas resoluciones.

Plazos para presentar los formatos de información exógena por el año gravable 2021

Los plazos para presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2021 se encuentran definidos en los artículos 42 al 45 de la Resolución 000098 de 2020, así:

 
Tipo de reportante o informaciónPlazo máximo en 2022Artículo que regula el plazo
Registraduría Nacional1 de marzo42
Obligados a presentar estados financieros consolidados30 de junio43
Información del impuesto de industria y comercio31 de agosto44
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Los grandes contribuyentes y demás personas jurídicas y naturales deberán presentar el reporte de información exógena en los siguientes plazos:

 
Grandes contribuyentesDemás personas jurídicas y naturales
Último dígitoPlazo máximo en 2022Últimos dígitosPlazo máximo en 2022Últimos dígitosPlazo máximo en 2022
126 de abril01 al 0510 de mayo51 al 5524 de mayo
227 de abril06 al 1011 de mayo56 al 6025 de mayo
328 de abril11 al 1512 de mayo61 al 6526 de mayo
429 de abril16 al 2013 de mayo66 al 7027 de mayo
52 de mayo21 al 2516 de mayo71 al 7531 de mayo
63 de mayo26 al 3017 de mayo76 al 801 de junio
74 de mayo31 al 3518 de mayo81 al 852 de junio
85 de mayo36 al 4019 de mayo86 al 903 de junio
96 de mayo41 al 4520 de mayo91 al 956 de junio
09 de mayo46 al 5023 de mayo96 al 007 de junio

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