Principales cambios introducidos con la Ley de Reforma Tributaria 2277 de diciembre 13 de 2022 y su evolución normativa durante el año 2023

Por medio de plantillas editables en Excel, video conferencias, libro y consultorio de respuestas, Diego Guevara analizará de manera práctica los principales cambios introducidos con la reforma tributaria y su evolución normativa, temas que tienen especial trascendencia para la mayoría de las personas naturales y jurídicas contribuyentes de los impuestos nacionales

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Conoce en detalle los cambios con evolución normativa durante el 2023 que se analizarán en los diferentes formatos propuestos por el Dr. Guevara

1. Cambios en materia de procedimiento tributario  
  1. Pago en las declaraciones de retención en la fuente, oportunas o extemporáneas. (Ver páginas 118 a 121 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)
  2. Reducción en sanciones por no presentar información exógena tributaria a la DIAN, o por presentarla extemporáneamente, o por presentarla con errores. (Ver páginas 121 a 129 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)
2. Cambios en materia del IVA y de Retenciones en la fuente a título de los impuestos nacionales (renta, ganancia ocasional, timbre, y GMF) 
  1. Los bienes que se fabriquen en las cárceles de Colombia están excluidos del IVA. (Decreto 2277 de diciembre 29 de 2023)   
  2. Para pagos tipo “Ingresos en especie”, si es un agente de retención, también tendrá que entrar a practicarle retención en la fuente “por otros ingresos”. (páginas 1 a 6 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023)
  3. Condiciones para los trabajadores independientes que perciban rentas de trabajo. Decreto 2231 de diciembre 22 de 2023
  4. Condiciones para aplicar la retención en la fuente a título de renta sobre rentas de trabajo a las personas naturales residentes del régimen ordinario. Decreto 2231 de diciembre 22 de 2023.  
  5. Nueva tabla para aplicar una retención del 15% para dividendos totales que superen los primeros 1.090 UVT de los ejercicios 2017 y siguientes que se lleguen a distribuir a las personas naturales residentes del régimen ordinario. Decreto 1103 de julio 4 de 2023  
  6. La retención en la fuente a título de renta a practicar sobre los dividendos no gravados de los ejercicios 2017 y siguientes que se distribuyan a las personas naturales no residentes del régimen ordinario, o a los establecimientos permanentes en Colombia de sociedades extranjeras, se elevó del 10% al 20%. Decreto 1103 de julio 4 de 2023
  7. La retención en la fuente a título de renta que se practicará sobre dividendos no gravados de los ejercicios 2017 y siguientes a distribuir a la mayoría de las sociedades nacionales del régimen ordinario, se eleva del 7,5% al 10%. Decreto 1103 de julio 4 de 2023  
  8. Condiciones para evitar doble tributación internacional en uso de tarjetas débito o crédito colombianas, tarjetas prepago y recaudos de efectivo a cargo de terceros. Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023
  9. Condiciones para no practicar la retención en la fuente a título de renta o ganancia ocasional para los notarios. Decreto 1920 de noviembre 10 de 2023
  10. Condiciones para los notarios practicar retención a título de timbre en las operaciones donde se vendieran bienes raíces por un monto igual o superior a 20.000 UVT. Decreto  1920 de noviembre 10 de 2023  
3. Nuevos impuestos a la producción o importación de plásticos de un solo uso, o de bebidas azucaradas, o de alimentos ultra procesados.  
  1. Condiciones de nuevo impuesto a los plásticos de un solo uso. Se prescribieron nuevos formularios 330 para presentar las declaraciones anuales de este nuevo impuesto. Sentencia de la Corte Constitucional C-506 de noviembre 22 de 2023
  2. Nuevos “impuestos saludables”, los cuales empezaron a generarse a partir de noviembre 1 de 2023 y se prescribieron los nuevos formularios 335 y 340 para presentar las declaraciones bimestrales de estos. Sentencia de la Corte Constitucional C-435 de octubre 25 de 2023  
4. Creación de un nuevo impuesto anual al patrimonio con vigencia permanente
  1. Nuevo impuesto permanente al patrimonio (que no será deducible en el impuesto de renta) Ver Resolución DIAN 071 de mayo 4 de 2023 con el cual se prescribió el formulario 420  
5. Cambios aplicables a la liquidación del impuesto de renta y de ganancia ocasional, de personas jurídicas y personas naturales, pertenecientes al régimen ordinario o al régimen especial  
  1. Condiciones de la figura de «ingresos en especie». (Ver páginas 1 a 6 del Concepto Unificado DIAN 1126 de noviembre 1 de 2023). 
  2. Condiciones para elevar la tributación sobre dividendos no gravados de los años 2017 y siguientes que perciban en Colombia las personas naturales o sucesiones ilíquidas del régimen ordinario del impuesto de renta. Decreto 1103 de julio 4 de 2023. 
  3. Condiciones para que las personas naturales o sucesiones ilíquidas residentes del régimen ordinario tomen los ingresos por dividendos no gravados de los años 2017 y siguientes. Decretos 1103 de julio 4 de 2023 y 2231 de diciembre 22 de 2023 
  4. Cambios importantes que afectan el cálculo del 25% de renta exenta a que se refiere el numeral 10 del ET. Decreto 2231 de diciembre 22 de 2023. 
  5. Condiciones para someter a límite las rentas exentas y deducciones en la cédula general. Decreto 2231 de diciembre 22 de 2023. 
  6. No se puede tomar como descuento tributario en el impuesto de renta el valor del 50% del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros pagado durante el año. Ver sentencia 489 de noviembre 16 de 2023 
  7. Grandes cambios en la liquidación del impuesto básico de renta y de las respectivas sobretasas que recaerán sobre las personas jurídicas del régimen ordinario que funcionen dentro o fuera de zonas francas. Ver Resolución DIAN 022 de febrero 14 de 2023 
  8. Condiciones para que pertenecientes al régimen ordinario o del especial, puedan incluir en su declaración anual del impuesto de renta un “impuesto voluntario de renta”. Ver Resolución DIAN 022 de febrero 14 de 2023 
6. Cambios aplicables a la liquidación del impuesto anual bajo el régimen simple de tributación   
  1. Condiciones para inscribirse en el Régimen simple las personas naturales o jurídicas que ejerzan profesiones liberales o presten servicios de consultoría. Ver sentencia C-540 de diciembre 5 de 2023 
  2. Nuevas tablas con tarifas más reducidas para liquidar los respectivos anticipos obligatorios bimestrales del régimen simple y el impuesto de la declaración anual del régimen simple. Ver sentencia C-540 de diciembre 5 de 2023 
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  • Comparativo de normas del DUT 1625 de 2016 relacionada con la tributación sobre dividendos y sus retenciones en la fuente, modificadas con el Decreto 1103 del 4 de julio de 2023.
  • Comparativo de normas del DUT 1625 de 2016 sobre presencia económica significativa afectadas con el Decreto 2039 de noviembre 27 de 2023.
  • Comparativo de normas del DUT 1625 de 2016 sobre renta y retención personas naturales afectado con Decreto 2231 de diciembre de 2023.
  • Comparativo de normas tributarias afectadas con ley 2277 diciembre 13 de 2022 y su evolución normativa durante el 2023.
  • Cuadro temático ley 2277 de 2022 actualizado con evolución normativa durante 2023.
  • Calendario tributario 2024 hecho por Actualícese.
  • Calendario tributario 2024 hecho por la DIAN.
  • Comparativo régimen ordinario vs régimen simple para 2023 y siguientes.
  • Cambios a cedulación régimen ordinario personas naturales residentes.
  • Tributación sobre dividendos y su retención en 2023 y siguientes.
  • Cálculo impuesto a las bebidas azucaradas.
  • Retención en la fuente procedimiento 1 año durante 2024.
  • Modelo para calcular la tasa mínima de tributación art 240 del E.T.
  • Proyección impuesto al patrimonio permanente años 2023 y siguientes

Diego Guevara te cuenta lo que encontrarás en esta
guía multiformato

Además podrás conocer el resto de cambios introducidos con la Ley 2277 de 2022

1. Cambios en materia de procedimiento tributario  
  1. Presentación de declaración anual de activos en el exterior por los inscritos en el régimen simple
  2. La DIAN elaborará liquidaciones oficiales para el impuesto de renta y declaraciones de IVA o INC de los omisos
2. Cambios en materia del IVA y de Retenciones en la fuente a título de los impuestos nacionales (renta, ganancia ocasional, timbre, y GMF) 
  1. Reducción de las bases gravables especiales a partir de las cuales se genera el IVA para quienes explotan algunos juegos de suerte y azar 
  2. Los juegos de suerte y azar territoriales, con incentivos de premio inmediato, continuarán excluidos de IVA. 
  3. La venta de animales vivos que sirvan como animales domésticos de compañía está gravada con el 19%
  4. Condiciones para que las personas naturales del régimen simple de tributación puedan operar como no responsables del IVA.
  5. El servicio de transporte de valores está gravado con la tarifa general del 19% pero solo sobre el componente del AIU. 
  6. Entradas a espectáculos de toros, hípicos o caninos están gravadas con IVA 
  7. Se eliminan los 3 días en el año como días de ventas exenta de IVA 
  8. los hijos discapacitados mayores de 18 años podrán figurar como dependientes para quienes perciben rentas de trabajo en el grupo de las personas naturales
  9. Condiciones para los bancos emisores de tarjetas débito o crédito practiquen una retención en la fuente a título de renta del 0% 
  10. Condiciones para aplicar retención a título de renta para las aseguradoras que cancelen valores por indemnizaciones de seguros de vida 
  11. Condiciones para las entidades financieras no practicar la retención a título de GMF a los proveedores de servicios de pago 
  12. Condiciones para las entidades financieras empezar a practicar la respectiva retención a título del GMF. 
3. Creación de un nuevo impuesto anual al patrimonio con vigencia permanente
  1. Condiciones sobre el valor fiscal cuando se posean acciones en sociedades nacionales
  2. Condiciones para definir el patrimonio líquido a enero 1 de cada año
  3. Tarifas especiales a aplicar al patrimonio líquido gravable debidamente depurado  
4. Cambios aplicables a la liquidación del impuesto de renta y de ganancia ocasional, de personas jurídicas y personas naturales, pertenecientes al régimen ordinario o al régimen especial  
  1. Topes máximos estimados a los costos y gastos asociados a las rentas en la cédula general de las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes del régimen ordinario. 
  2. Eliminación a partir del año gravable 2023 algunas rentas exentas. 
  3. Deducción del 150% de los salarios y prestaciones de sus trabajadores residentes, para personas naturales y jurídicas operando en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, que se dediquen a turismo. 
  4. Condiciones para que pertenecientes al régimen ordinario, sometan a un límite especial algunos ingresos no gravados, deducciones y descuentos tributarios  
  5. Condiciones para las sociedades interesadas en acogerse al régimen ZESE  
5. Cambios aplicables a la liquidación del impuesto anual bajo el régimen simple de tributación   
  1. No podrán inscribirse en el Régimen simple las personas naturales o jurídicas que desarrollen las actividades económicas CIIU 4665, 3830, o 3811
  2. Condiciones para la liquidación y pago de anticipos bimestrales obligatorios y pago de la declaración anual.   
  3. Opciones de descuento tributario para las personas naturales o jurídicas del régimen simple 
6. Otras medidas especiales incluidas
dentro de la Ley
  1. Condiciones para definir la liquidación de los aportes obligatorios a seguridad social para los trabajadores independientes. 
  2. Condiciones con las que se configurará el delito de “omisión de activos o inclusión de pasivos inexistentes” el cual se castiga con cárcel de 48 a 108 meses.  
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Autor 

Diego Hernán Guevara

Contador Público de la Universidad del Valle con amplia experiencia en el manejo de los temas de los impuestos nacionales. Conferencista en las más recientes reformas tributarias. Ex miembro de la firma Deloitte & Touche Ltda. y de la firma Cabrera y Asociados S.A. de Cali. Profesor en programas de diplomados, y escritor de artículos para la revista Impuestos y del periódico Ámbito Jurídico de Legis. Actualmente es el Líder de Investigación Contable y Tributaria en Actualícese. 

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