Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: sistema ordinario

Empleados: sistemas para el cálculo del impuesto de renta

Impuestos Publicado: 28 junio, 2016

Las personas naturales en la categoría de empleados deben calcular el impuesto de renta de forma obligatoria por el sistema ordinario y por el IMAN; también podrán calcularlo de manera voluntaria por el sistema IMAS para empleados.

Otros contribuyentes solo pueden declarar por el sistema ordinario

Impuestos Publicado: 17 julio, 2015

Las personas naturales que no se encuentren clasificadas en la categoría de empleados ni en la de trabajadores por cuenta propia, es decir, los “otros contribuyentes”, pueden determinar el impuesto sobre la renta únicamente por el sistema ordinario.

Declaración por el IMAS para trabajadores por cuenta propia

Impuestos Publicado: 12 junio, 2015

Todas las personas naturales residentes en el país clasificadas en la categoría de trabajadores por cuenta propia, podrán determinar el impuesto sobre la renta mediante el sistema simplificado “impuesto mínimo alternativo simple –IMAS–, cuando cumplan con las siguientes condiciones:

Empleados que pueden aplicar el IMAS

Impuestos Publicado: 5 junio, 2015

Las personas naturales residentes en el país, clasificadas en la categoría de empleados de acuerdo con el artículo 329 del ET y con el Decreto 3032 del 2013, deben liquidar el impuesto por el sistema ordinario y por el impuesto mínimo alternativo nacional –IMAN–, y escoger el valor que mayor resulte como impuesto a pagar.

Impuesto de renta: personas naturales que pertenecen a la categoría de “otros contribuyentes”

Impuestos Publicado: 5 junio, 2015

El Decreto 3032 del 2013 establece los requisitos que deben cumplir las personas naturales para pertenecer a las categorías de “empleados” y “trabajadores por cuenta propia”, definidas para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios.Adicional a estas, se definió una categoría más, denominada “otros contribuyentes”, quienes solo podrán determinar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario.

Novedades en declaración de renta con Ley 1607 de 2012

Impuestos Publicado: 15 abril, 2014

La reforma tributaria (Ley 1607 de 2012) introdujo importantes modificaciones a la declaración de renta de las personas naturales; el siguiente infograma ilustra los aspectos más importantes al respecto.

Sistema para determinar el impuesto de renta de personas naturales en la categoría de trabajadores por cuenta propia

Impuestos Publicado: 8 abril, 2014

Por medio de los artículos 10 y 11 de la Ley 1607 de 2012, se adicionaron los artículos contenidos entre el 329 y 341 al Estatuto Tributario. Con la entrada en vigencia de esa nueva normatividad, el Estado colombiano estableció dos nuevos sistemas alternativos para el cálculo del impuesto de renta y complementarios para las personas naturales; el sistema IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional) y el sistema IMAS (Impuesto Mínimo Alternativo Simple), cada sistema con unas características especiales dependiendo del tipo de persona natural que los aplica.

Sistema ordinario para la liquidación del impuesto de renta

Impuestos Publicado: 8 abril, 2014

Antes de la entrada en vigencia de la Ley 1607 de 2012, el sistema ordinario que establece el artículo 26 del Estatuto Tributario era el único método de cálculo aceptado para liquidación de la declaración del impuesto de renta; a partir de dicha Ley se agregaron dos sistemas alternativos y simplificados para el cálculo del impuesto de renta de las personas naturales. Sin embargo el sistema ordinario no ha desaparecido y en el cuadro que muestra a continuación puede observarse el proceso a seguir en concordancia con lo establecido en el Título I del Libro I del Estatuto Tributario Nacional.

Clasificación de personas naturales y sistema de liquidación de renta

Impuestos Publicado: 8 abril, 2014

Con la entrada en vigencia de Ley 1607 de 2012, el Estado colombiano clasificó a las personas naturales en tres categorías y les estableció dos nuevos sistemas alternativos para el cálculo del impuesto de renta y complementarios según su clasificación; la siguiente es la explicación gráfica de lo indicado en la Ley 1607 con respecto al impuesto de renta de las personas naturales:

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