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Boletín No. 162 | Año 7 | Mayo 02, 2007

 


En este Boletín:

  1. Cuando Internet no sirva para presentar la PILA ¿Se puede presentar la misma en medios “litográficos”?

  2. Plantilla para elaborar el borrador, con anexos, de las declaraciones de Retención en la fuente año 2007

  3. ¿Se pueden expedir virtualmente los certificados bimestrales de retención por IVA?- Conferencia Virtual

  4. ¿Cómo se reporta a la DIAN la base de las retenciones de timbre originadas en documentos sin cuantía?

  5. Gobierno reglamentó contribución parafiscal a cargo de empresas del sector turismo

  6. Las personas naturales no comerciantes son agentes de retención en la fuente sobre salarios

  7. Especiales y Novedades

  8. Novedades Normativas
Actualizate en Información Exógena Tributaria en Medios Electrónicos

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La normatividad vigente no contempla este caso
Cuando Internet no sirva para presentar la PILA ¿Se puede presentar la misma en medios “litográficos”?

De conformidad con las normas vigentes expedidas hasta la fecha por el Ministerio de la protección social, las grandes empresas, para quienes solo existe la opción de liquidar y pagar la PILA por internet, no tendrían posibilidad de presentar “litográficamente” ni “asistidamente” la información de dicha PILA cuando haya fallas en el Internet (contingencia que por ejemplo ya se ha experimentado varias veces en el caso de las declaraciones virtuales a la DIAN).

En este editorial examinanos el por qué sería importante que las normas sobre la PILA contemplaran esa contingencia.

Revisa el artículo completo

Seminario Permanente de Actualización Contable y Tributaria
Conferencias de esta semana...

Continúa el Especial
Especial sobre Declaración de Renta - Personas Jurídicas - Año Gravable 2006

Dr. Raul Fernando HoyosEl Doctor Raúl Fernando Hoyos, quien trabaja actualmente en la División de Fiscalización Tributaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, continúa con el ciclo de conferencias sobre el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, con una conferencia de 1 hora y 18 minutos de duración.

  1. ¿Que es el Impuesto sobre la Renta y Complementarios?
  2. Factor Residencia
  3. Efectos sobre Entidades Nacionales e Internacionales
  4. Elementos de la Obligación Tributaria
  5. Base Gravable de Renta
  6. Tarifa de Renta
  7. Contribuyentes Declarantes
  8. Contribuyentes No Declarantes
  9. No Contribuyentes Declarantes
  10. Personas Naturales NO Obligadas a declarar
  11. Deducciones de Asalariados
  12. INCR
  13. Rentas Exentas Laborales
  14. Sobretasa
  15. Patrimonio Fiscal
  16. Patrimonio Conciliación
  17. Comparación Patrimonial
  18. Aspectos a considerar para Obligados a llevar Contabilidad
  19. Activos Omitidos o Pasivos Inexistentes

Recuerda: este es un servicio pagado exclusivo para suscriptores.
Más información y suscripciones, aquí
.

Formato en Excel
Plantilla para elaborar el borrador, con anexos, de las declaraciones de Retención en la fuente año 2007

En vista de que la información que se consigna mensualmente en los formularios para declaraciones de retenciones en la fuente que se presentan a la DIAN se convierte luego en la misma que ha de ser reportada anualmente dentro del ya famoso "formato 1002" señalado por la misma DIAN en sus exigencias de reportes en "medios magnéticos", en esta herramienta se suministra un modelo con el cual lograr el doble propósito : elaborar el borrador de la declaración mensualmente y facilitar la recolección de información al final del año para diligenciar el “formato 1002 "

Revisa este archivo en Excel


Conferencia Virtual Gratuita

Se pueden expedir virtualmente los certificados bimestrales de retención por IVA

Duración: 10 minutos 33 segundos
Modalidad: Conferencia en línea

Costo: Ninguno.

A la luz de las normas vigentes, si los certificados de retencion por IVA no requieren firma autógrafa del agente retenedor que los expide, sería valido entonces que, para ahorrar procesos de correo urbano, tales certificados se puedan expedir mediante correo electrónico. En esta miniconferencia examinamos este asunto.

Contenido

  1. Repaso a las normas que rigen la expedición bimestral de los certicificados de retenciones por IVA.
  2. Consideración a por qué sería valido expediro tales certificados mediante correos electrónicos (virtualmente) y no mediante correos urbanos

Haz click aquí para ver esta Conferencia

 

Desde nuestro Blog Oficial

¿Es justo tener que trasnochar para poder madrugar a presentar virtualmente una declaración?

A comienzos del año 2006, cuando la DIAN puso en funcionamiento sus nuevos Servicios informáticos electrónicos , fueron muchas las expectativas que se generaron entre los contribuyentes colombianos en cuanto a si ese nuevo modelo para presentar por Internet las declaraciones tributarias (junto con reportes de información exógena tributaria, antes conocidos como medios magnéticos) sería en realidad mejor al que se traía de estarlas presentando en papel en los bancos

Sin embargo, al pasar el tiempo, la DIAN misma ha tenido que ver como su sistema MUISCA, con todo y lo costoso que fue adquirirlo, no ha sido tan efectivo como los contribuyentes se lo imaginaban en el proceso de recibir virtualmente las declaraciones de los contribuyentes, pues han sido ya tres las ocasiones en que la propia DIAN, por problemas de congestión en su portal, ha tenido que autorizar que las declaraciones se presenten en papel (ver resolución 10747 de sept.11 de 2006 , y en el solo mes de abril de 2007 ya ha generado dos resoluciones , a saber: la resolución 4130 de abril 16 de 2007 y la resolucion 4601 de abr.26 de 2007

Es posible que muchos de esos problemas de congestión al presentar declaraciones y reportes por el portal de Internet de la DIAN se deban a que muchos de los obligados a utilizar dicho portal no cuenten con un computador optimo ni con un Internet apropiado.

Por tanto, es como si salieran a conducir por una superautopista pero teniendo unos vehículos muy viejitos y con poca gasolina. Eso obviamente congestiona el trafico(consulta un editorial al respecto ). Y si esta congestión se está viviendo ahora en momentos en que no todos los contribuyentes presentan declaraciones e informes de manera virtual,¿nos imaginamos lo que va a pasar cuando más y más contribuyentes entren a la autopista?

Sin importar cuales sean las razones que han producido congestión en el portal de la DIAN , es claro que fue por los problemas experimentados durante el 2006, que en lo referente a los plazos en que se vencerían mensualmente durante el 2007 las respectivas declaraciones tributarias, el Ministerio de hacienda fijó un calendario (ver dec.4583 de dic de 2006) que hace que los Contadores y Revisores al servicio de varias empresas ya no estén pendientes de ese proceso durante una sola semana del mes sino a lo largo de todo el mes.

Bajo ese escenario, algunas empresas y contadores a quienes no les conviene o no les gusta estar postergando mucho sus obligaciones tributarias (pues necesitan desocuparse de ello y ocuparse en otras cosas igualmente importantes) están enfrentando una gran complejidad.

En efecto, si esas empresa o contadores quieren madrugar a presentar virtualmente sus declaraciones tributarias (es decir, presentarlas hasta con dos o más semanas de anticipación a la fecha que les corresponde), entonces en ese caso el portal de la DIAN , como una medida muy arbitraria (pues ninguna norma oficial lo autorizaría a hacerlo), toma la decisión de impedir presentar tal declaración anticipada en el horario normal en que se trabaja en las empresas (de 8:am a 6:00 pm), y solo les permite hacerlo entre las 6:00 pm y las 6 am. Como quien dice, para madrugar los hace trasnochar.

Esa es definidamente una limitante que debe desaparecer pues a quienes les corresponde presentar las declaraciones en papel, en el banco nunca les impiden que madruguen a presentar tales declaraciones. Como vemos, tal parece que en el caso de las obligaciones que se cumplen virtualmente con la DIAN , la modernidad no ha traido necesariamente comodidad.

Diego Hernán Guevara M.
Líder de investigación contable y tributaria
actualicese.com

 

En el Boletín anterior...

  1. Consejo de Estado suspende norma del Decreto 4650 de 2006 sobre IVA del 1,6% en las CTA

  2. Modelo para cálculo global de ajustes por inflación fiscales a los activos fijos durante el 2006

  3. ¿En qué casos no se debe liquidar anticipo al impuesto de renta?- Conferencia Virtual

  4. Las Cajas de Compensación no están obligadas a aceptar aportes de las CTAs

  5. En lugar de exigir la inscripción en el RUT a los vendedores ambulantes sería mejor modificar el ET

  6. Dentro de poco se podrán consultar por Internet los estados de cuenta con la DIAN

>>Enlace Patrocinado

Cuadernillo de Actualización en Información Exógena Tributaria en Medios Electrónicos
Cuadernillo de Actualización en Información Exógena Tributaria

Material impreso de más de 370 páginas con todas las resoluciones, instructivos y material de ayuda en la presentación de este importante Reporte

Indice completo

(El Cuadernillo es parte integral de nuestro Paquete de Actualización en Información Exógena Tributaria)

Especiales

 

 

Interés Corriente (Superfinanciera)
1 de Abril - 30 de Junio 2007
Credito de consumo y ordinario: 16.75%
1 de Abril 2007- 30 de Marzo 2008
Microcredito : 22.62 %

Ver Tabla
Interés de Mora (DIAN)-Anual
1 de Octubre - 31 de Diciembre
22.61%
1 de Enero - 31 de Marzo 2007
32.09%
( ¿por qué? )
Tasa de Usura (SuperFinanciera)
1 de Octubre - 31 de Diciembre
22.61%
1 de Enero - 31 de Marzo 2007
32.09%
Ver Tabla
( ¿por qué? )
Unidades de Valor Tributario - UVT
2007 - $20.974
Resolución 15652 del 28 de diciembre de 2006
PAAG del mes
De Marzo aplicable en Abril
1,16 %
Acumulado 2007:3,47
Ver Tabla
DTF
7,43 %
Rendimiento Presuntivos(DIAN)
2006 - 6.31%
2007 - 6.82%
Indice de Precios al Consumidor (IPC)
Enero 0.77 %
Febrero 1,17%
Marzo 1,21%
Acumulado 2007 3,18%
Ver Tabla
Tarifa de Impuesto de Timbre
1.5% a partir de 01/01/2007 -
$125.844 .000
I.V.A. General
16%
Tarifa de Impuesto de Renta
35%
Ahorros inembargables
De 01/10/2006 a 30/09/2007
$ 22,064 211

Ver Circular

Depósitos sin juicio de sucesión
$36.773.679
( 01/10/2006 - 30/09/2007 )
Salario Mínimo Legal
2006- $408.000
2007- $433.700
Ver Decreto
Auxilio de Transporte
2006 - $47.700
2007 - $50.800
Ver Decreto
Sanción Minima
A partir de 01/01/2007
$210.000


Material de Referencia

Estatuto Tributario de la Secretaria del Senado

PUC Comercial

Otros PUC

Calendario Tributario 2007

Información sobre el RUT

Tabla Imporenta 2006

Bases de retención distinta a salarios 2007

PAAG (2006 e histórico)

Tabla de Ajustes por Inflación acumulados desde 1992

Según la resolución 12807 de octubre de 2006
¿Cómo se reporta a la DIAN la base de las retenciones de timbre originadas en documentos sin cuantía?

Una de las novedades contenidas en la resolución 12807 de octubre de 2006, y mediante la cual la DIAN exigió por el año gravable 2006 la información exógena tributaria a que hace referencia el art.631 del ET, es la relativa a que esta vez fueron solicitados los detalles del 100% de las retenciones en la fuente practicadas a título de timbre. Sin embargo, cuando tales retenciones se practicaron sobre “documentos sin cuantía” a los que se refieren los articulos 521 y 523 del ET, en ese caso no habría lugar a reportar ningún valor como “valor base” en el respectivo prevalidador.

En este editorial examinamos esta complejidad que se genera para ese tipo de agentes de retención.

Revisa el artículo completo


Según el decreto 1036 de marzo 30 de 2007
Gobierno reglamentó contribución parafiscal a cargo de empresas del sector turismo

Mediante el decreto 1036 de marzo 30 de 2007 el Gobierno nacional ha entrado a reglamentar la “contribución parafiscal para la promoción del turismo” que corre por cuenta de las 21 entidades o personas expresamente mencionadas en el artículo 3 de ley 1101 de noviembre 11 de 2006 entre las que se incluyen los establecimientos del comercio ubicados en las terminales de transporte de pasajeros terrestre, aéreo y marítimo cuyas ventas anuales sean superiores a 100 SMLMV. La contribución se liquidará trimestralmente empezando con el trimestre enero - marzo de 2007.

En este editorial reseñamos esta importante normatividad

Revisa el artículo completo

Paquete de Actualización en la Reforma Tributaria

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Según la la norma contenida en el artículo 383 del ET
Las personas naturales no comerciantes son agentes de retención en la fuente sobre salarios

Al examinar la norma del artículo 383, en concordancia con el artículo 368-2 del ET, se concluye que todas las personas naturales (sin importar ningún requisito especial), deben practicar las retenciones en la fuente sobre salarios definidas en el ET en caso de que efectúe pagos por dicho concepto.

En este editorial examinamos esta importante normatividad.

Revisa el artículo completo

 

Especiales y Novedades

ABC de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes

ABC de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - Entrevista con el Dr. Germán Plazas

PILA para Independientes - Un caso práctico
Conferencia Virtual

Los Operadores responden
Preguntas más frecuentes sobre la PILA respondidas por los operadores de información

+ Información

Novedades Normativas

  • Resolución 4601 de 26-04-2007
    Por la cual se establecen medidas para el cumplimiento del deber formal de declarar y presentar información por envío de archivos, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales .

  • Resolucion 1190 de 24-04-2007
    Por la cual se modifica la Resolución 736 de 2007

  • Sentencia 15211 de 29-03-2007
      Ratifican doctrina que señala como improcedente la solicitud concurrente de inversión por mejoramiento ambiental y depreciación. Para ver esta sentencia, haz click aquí

  • Resolución 123 de 19/04/2007
    Modifica parcialmente la Resolución DSH-000530 del 27 de diciembre de 2006, por medio de la cual se establecen los lugares, plazos y descuentos para la presentación de las declaraciones tributarias y el pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos.

Ver toda la Normatividad publicada


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