El contador público cumple con una labor preponderante en nuestra sociedad dada la confianza pública que se deposita en su actuar profesional. Sin embargo, se mantiene inmerso en el día a día, por lo que es muy importante hacer una pausa para observar el panorama profesional de manera integral, incluyendo el conocimiento de las consecuencias a las que puede enfrentarse si no cumple con sus deberes como guardián de la fe pública.
Esta actuación del contador público debe enmarcarse en los principios éticos contenidos en el artículo 37 de la Ley 43 de 1990 y en el Código de Ética incluido en el anexo 4 del DUR 2420 de 2015, prestando especial atención al surgimiento de amenazas que puedan afectar su labor, antes de aceptar un encargo y durante su ejecución.
Este curso tendrá una metodología 50 % práctica, con una duración de 3 horas en las cuales el conferencista, por medio de diapositivas, normativa y casos aplicados, explica todo lo necesario para comprender el régimen sancionatorio de los contadores públicos y revisores fiscales en ejercicio, desde sus responsabilidades hasta las entidades encargadas de vigilar y aplicar estas sanciones.
Roberto Valencia
Contador Público, especialista en Finanzas corporativas. Certificado internacionalmente en normas internacionales de Información Financiera (NIIF – IFRS) por el Instituto de Contadores Colegiados de Inglaterra y Gales (ICAEW – Siglas en inglés). Certificado en Normas Internacionales de Auditoría (NIAS) por la Asociación de Contadores Certificados y Autorizados (ACCA – Siglas en inglés). Experiencia de más de 5 años como consultor para proyectos de implementación de NIIF, 14 años de experiencia como auditor y revisor fiscal desarrollando los compromisos bajo normas internacionales de auditoría NIAS, docente universitario y conferencista en plataformas de formación virtual, actualmente socio fundador de su propia firma de consultores sobre temas de auditoría y NIIF, en donde se desempeña como Gerente General.
Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:
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