Las operaciones por compras de contado o a crédito hacen referencia a la transacción comercial en la cual se reciben bienes y/o servicios a cambio de dinero o su equivalente, y es a través de la factura que se reconocen la existencia de dichos bienes y/o servicios y la obligación de pagarlos.
Según lo mencionado en el artículo 28 del Estatuto Tributario –ET–, para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, los ingresos realizados fiscalmente son los ingresos devengados contablemente en el año o período gravable, a excepción de los dividendos, ventas de bienes inmuebles, entre otros.