El sistema general de pensiones es una organización administrativa que se encuentra regulada a través de la Ley 100 de 1993, y está orientada a proteger a sus afiliados y familiares de las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o la muerte.
En esta capacitación, Actualícese quiere llevar hasta ti un completo análisis sobre la liquidación, pago y otros aspectos importantes sobre la pensión en Colombia en los años 2022 – 2023.
Este curso tendrá una metodología 100 % practica, con una duración de 2 horas en las que nuestro conferencista da a conocer todos los aspectos importantes sobre el sistema pensional colombiano durante el 2022 – 2023.
Conferencista: Mauricio Antonio González Morales
Metodología: 100% práctico
Duración: 2 horas
Fecha de publicación: 13 de octubre de 2022
Economista e Ingeniero Industrial, con Especialización en Gerencia de Mercadeo. Maestrante de Gerencia Estratégica. Reconocido como uno de los más destacados expertos nacionales en Protección Social con más de 30 años de experiencia en el tema de protección social. Coautor de varios decretos reglamentarios de la Ley 100 de 1993 y Coautor del proceso de Autoliquidación de Aportes a la Seguridad Social y el cruce de cuentas. Ex jefe del Departamento Nacional de Afiliación y Registro del Seguro Social durante 13 años. Ex Director Comercial de Colfondos. Catedrático a nivel de posgrados y educación continuada en varias universidades. Autor de diversos artículos y documentos de consulta sobre seguridad social en Colombia. Asesor de seguridad social en diversas compañías nacionales y multinacionales. Conferencista con amplia experiencia en pensiones, riesgos, parafiscales y Autoliquidación de Aportes a directivos y ejecutivos de empresas de todo el país.
Para temas de devolución de productos virtuales adquiridos a través del portal www.actualicese.com como la suscripción, libros en formato PDF, archivos digitales en formato de Word y Excel, conferencias en línea, etc. no procede el derecho al retracto según lo establece el numeral 4 del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, que a su tenor literal expresa:
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