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Novedades en la Declaración de renta de personas jurídicas y del Régimen Simple de Tributación AG 2024

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De manera práctica el Dr. Guevara analizará los principales cambios normativos a considerar Para la declaración de renta 2024 de personas jurídicas y la declaración anual del Régimen Simple. Estas modificaciones provienen de las Leyes 2277 de 2022 y 2294 de 2023, además de sentencias de la Corte Constitucional, fallos del Consejo de Estado y reglamentaciones del Ministerio de Hacienda y la DIAN emitidas entre 2024 y principios de 2025.

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  • 8 horas de video conferencias pre-grabadas y separadas por capítulos.
  • Plantillas en Excel, totalmente editables:
  • Formulario 110 y formato 2516 más anexos adaptado para personas jurídicas año gravable 2024. 
  • Formulario 260 con anexos para declaración año 2024 del régimen simple de los obligados a llevar contabilidad” y “Formulario 260 con anexos para declaración año 2024 del régimen simple de los no obligados a llevar contabilidad. 
  • Simulador Régimen ordinario vs Régimen Simple.  
  • Simulador efectos de la bancarización artículo 771-5 del ET.  
  • Tributación sobre dividendos y sus retenciones luego de la Ley 2277 de 2022 y el decreto 1103 de julio de 2023.  
  • Más de 200 megas de información con la más importante normatividad que se debe tener a la mano para el estudio del tema.  
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Estas son las principales novedades que deberás considerar este año

  • Presencia económica significativa: A partir de 2024, las empresas y personas naturales extranjeras sin convenio de doble tributación con Colombia deberán pagar un impuesto del 3% sobre ingresos brutos si tienen más de 300,000 clientes en el país y superan los 31,300 UVT en ventas. Se usará el nuevo formulario 115. 
  • Zonas francas: Desde 2024, las nuevas empresas en zonas francas tendrán una tarifa del 20% sobre exportaciones y 35% para otras operaciones si cumplen un plan de internacionalización. Si no lo hacen, aplicarán la tarifa del 35% en todos sus ingresos. 
  • Comunidades organizadas: Dejan de ser contribuyentes del régimen ordinario y pasan a ser entidades no contribuyentes y no declarantes. 
  • Beneficio de auditoría: Se extiende hasta los AG 2024 a 2026. 
  • Interés presuntivo: Se aplicará la tasa anual establecida en el Decreto 1006 de agosto 2024 para préstamos entre socios y sociedades. 
  • Tasa mínima de tributación: Se mantiene su aplicación tras ser declarada exequible. Un auto del Consejo de Estado suspendió provisionalmente partes del Concepto DIAN 202 sobre su cálculo. 
  • Formulario 260 para el Régimen Simple: Se implementa un nuevo formato con 11 ajustes respecto a 2023, corregido tras la sentencia C-540 de 2023. Se reglamentaron tardíamente cambios de la Ley 2277. 
  • Grandes contribuyentes: La Resolución DIAN 200 de 2024 actualizó el listado de 2,659 grandes contribuyentes para 2025-2026. Solo ellos podrán pagar el impuesto en tres cuotas. 
  • Sobretasa al impuesto de renta: Próximas resoluciones de la ANH y UPME establecerán cálculos de la sobretasa para empresas que explotan minerales como petróleo y carbón. 
  • Reajuste fiscal: Un decreto a publicarse entre enero y febrero de 2025 fijará el valor oficial del reajuste fiscal aplicable a los activos fijos.
  • Definición del patrimonio líquido: Es clave para determinar si se debe presentar la declaración de activos en el exterior (formulario 160) en 2025. Para personas naturales del Régimen Simple, también influye en la obligación de pagar el impuesto al patrimonio. 
  • Diligenciamiento de los formularios 110 y 260: La información en estos formularios deberá incluirse en los reportes de información exógena 2024. La Resolución DIAN 162 de 2023 introdujo 26 novedades, incluyendo el reporte del saldo fiscal de bienes en el formato 1011. La Resolución 188 de 2024 hizo ajustes adicionales. 
  • Límite a ingresos no gravados, deducciones y descuentos: Aplicable a sociedades nacionales del régimen ordinario y entidades extranjeras. Afecta beneficios como deducciones por educación de empleados, inversiones ambientales y donaciones para becas de deportistas. 
  • Cálculo de dividendos gravados y no gravados: Importante para la tributación de socios y accionistas en 2025, según los artículos 242 y siguientes del ET. 
  • Aporte o impuesto voluntario: Puede incluirse en el formulario 110 y se destinará a personas discapacitadas o en pobreza, según el artículo 244-1 del ET. 
  • Formato 2516 de conciliación fiscal: Obligatorio para quienes llevan contabilidad y declaran en el formulario 110. Fue ajustado por la Resolución 1147 de 2023 debido a la Ley 2277 de 2022. 
  • Nuevo formato para «otras deducciones»: Podría exigirse para cumplir con el artículo 574-1 del ET, regulado por leyes 1943 de 2018 y 2010 de 2019. 
  • Impuesto diferido y anticipo al impuesto de renta 2025: Se debe definir su tratamiento si una sociedad decide trasladarse al Régimen Simple en 2025.
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Temario de la conferencia

  • Novedades normativas para la preparación y presentación de la Declaración de Renta o de ingresos y patrimonio año gravable 2024 (formulario 110), el formato de conciliación fiscal del año gravable 2024 (formato 2516), la declaración informativa de activos en el exterior a enero 1 de 2025 (formulario 160) y la Declaración anual del Régimen Simple año gravable 2024 (Formulario 260).
  • Clasificación de las personas jurídicas frente al impuesto de renta y complementario por el AG 2024 y frente al Régimen Simple por el AG 2024.
  • Valor patrimonial de algunos activos y pasivos a diciembre 31 de 2024.
  • Modelo básico de la depuración que se realiza al resultado contable antes de impuestos para obtener la “Renta líquida gravable”, el “impuesto básico de renta”, la verificación del cumplimiento de la “tasa mínima de tributación”, la “Ganancia ocasional”, el “Impuesto diferido” y hasta el cálculo de dividendos gravados y no gravados a socios o accionistas.

Tabla de contenido del Libro digital

Capítulo I: Información básica aplicable tanto a los declarantes de renta (ya sea en el régimen ordinario o especial) como a los declarantes de ingresos y patrimonio y a los declarantes del régimen simple.

  • 1.1. Indicadores básicos para la preparación y presentación de la Declaración de renta y/o de ingresos y patrimonio año gravable 2023 de las personas jurídicas y para la preparación y presentación de la Declaración anual del Régimen Simple año gravable 2023.
  • 1.2. Clasificación general de las Personas Jurídicas frente al impuesto de renta y complementario por el año gravable 2023.

Capítulo II: Novedades y puntos básicos aplicables tanto a los declarantes de renta (ya sea en el régimen ordinario o especial) como a los declarantes de ingresos y patrimonio.

  • 2.1. Nueva tributación en el impuesto de renta que recaerá a partir del 2024 sobre personas naturales no residentes, o entidades extranjeras, que terminen teniendo “presencia económica significativa en Colombia”.
  • 2.2. Forma de registrar los valores por cubrimiento de bienes o servicios a favor de personas naturales para las cuales se configura la obtención de un “ingreso en especie”.
  • 2.3. Utilización a partir del 2023 de las rentas exentas que estaban contempladas en los artículos 207-2, 235-2, 235-3 y 235-4 del ET, relacionadas con explotación de hoteles construidos por personas naturales y jurídicas entre 2003 y 2016, o con actividades de la economía naranja, o con actividades de explotación del campo colombiano, o con la prestación de transporte fluvial, o con las megainversiones.
  • 2.4. Sociedades en los municipios de Buenaventura y Barrancabermeja y la oportunidad para acogerse al régimen ZESE.
  • 2.5. Tarifas y sobretasas especiales del impuesto de renta que aplican a partir del 2023 a las personas jurídicas del régimen ordinario tanto si operen dentro o por fuera de zonas francas. 
  • 2.6. Limite especial a algunos ingresos no gravados, deducciones y descuentos tributarios que tendrán que tomar en cuenta todas las sociedades del régimen ordinario y que quedó contemplado en el nuevo artículo 259-1 del ET.
  • 2.7. Cálculo de la tasa mínima de tributación a la cual se deberá someter el impuesto neto de renta que se pretenda liquidar en la declaración de renta de las sociedades del régimen ordinario.
  • 2.8. Cálculo del “impuesto voluntario” en la liquidación del impuesto de renta y complementarios.
  • 2.9. Sociedades que podrán acogerse entre 2017 y 2027 a los beneficios en renta régimen ordinario dentro de los 344 municipios declarados como ZOMAC.
  • 2.10. Beneficios tributarios para quienes realicen Megainversiones.
  • 2.11. Régimen ZESE (Zona Económica y Social Especial) para sociedades que se instalen solo entre 2019 y 2022 en La Guajira, Arauca, Norte de Santander, Armenia y Quibdó, o que se instalen entre julio de 2022 y diciembre de 2024 en Buenaventura y Barrancabermeja.
  • 2.12. Tributación de sucursales y otros establecimientos permanentes en Colombia luego de la Ley 2010 de 2019 y el Decreto 1054 de julio 19 de 2020.
  • 2.13. Activos en el exterior a enero 1 de 2025: ¿Quiénes deberán reportarlos y en qué formulario?
  • 2.14. Tratamiento fiscal de la Diferencia en Cambio luego de la ley 1819 de 2016.
  • 2.15. Deducción de Intereses del año 2024 a favor de los no vinculados económicamente requiere obtener certificados especiales que se deben expedir antes del vencimiento de la presentación de la declaración de renta año gravable 2024.
  • 2.16. Proceso de bancarización del artículo 771-5 del ET: doctrina de la DIAN contenida en el Concepto 19439 de julio 27 de 2018 reinterpreta los parágrafos de dicha norma pero fue afectada con fallo del Consejo de Estado de julio 29 de 2023 para el expediente 26676.
  • 2.17. A partir de julio de 2022, para la aceptación fiscal de los costos y gastos por compras a crédito, se exige enviar mensajes electrónicos al vendedor.
  • 2.18. Transmisión electrónica de los pagos de nómina arrancó en septiembre de 2021.
  • 2.19. Documento soporte en compras a los no obligados a facturar se volvió electrónico a partir de agosto 1 de 2022.
  • 2.20. Efectos de la eliminación de la renta presuntiva y la conservación de rentas exentas más exoneración de aportes de nómina.
  • 2.21. Los 4 problemas que genera la reubicación del renglón para liquidar la sobretasa al impuesto de renta dentro del formulario 110 para año gravable 2023 y siguientes.
  • 2.22. Impuesto diferido al cierre del 2024 para contribuyentes que acojan al Régimen simple en el 2025.
  • 2.23. Puntos importantes para la declaración de renta año gravable 2024 de las entidades del Régimen Tributario Especial y de las copropiedades comerciales o mixtas que exploten sus áreas comunes.
  • 2.24 Beneficio de auditoría del artículo 689-3 del ET para el cierre del año gravable 2024.
  • 2.25 Formulario 110 para año gravable 2024 y el problema por el saldo a favor que puede generar la figura de obras por impuestos del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016.
  • 2.26 Novedades en relación con la elaboración y presentación de formato de conciliación fiscal 2516 por el año gravable 2024.
  • 2.27 Depuración básica por el año gravable 2024 del resultado contable y el resultado fiscal para una persona jurídica del régimen ordinario.

Capítulo III: El Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) y la forma en que se aplicó durante el año gravable 2024.

Capítulo IV: Novedades en procedimiento tributario aplicable a todos los tipos de declarantes (de renta, de ingresos y patrimonio, del régimen simple).

  • 4.1. Listado de Grandes contribuyentes para los años 2025 y 2026 fue definido por la DIAN en diciembre de 2024.
  • 4.2. Ley 2277 de 2022 modificó las normas penales por activos omitidos, pasivos inexistentes, ingresos omitidos, costos y deducciones inexistentes, anticipos y retenciones inexistentes.

Capítulo V: Tributación de los dividendos gravados y no gravados que perciban las personas jurídicas (nacionales o extranjeras), y el complejo caso de la “retención trasladable”, luego de ser reglamentados con el Decreto 1103 de julio de 2023.

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Aprenderás de la mano de esta experta:

estados financieros

Autor

Diego Hernán Guevara

Contador Público de la Universidad del Valle con amplia experiencia en el manejo de los temas de los impuestos nacionales. Conferencista en las más recientes reformas tributarias. Ex miembro de la firma Deloitte & Touche Ltda. y de la firma Cabrera y Asociados S.A. de Cali. Profesor en programas de diplomados, y escritor de artículos para la revista Impuestos y del periódico Ámbito Jurídico de Legis. Actualmente es el Líder de Investigación Contable y Tributaria en Actualícese.

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