CONFERENCIA. Qué tan actualizado te sientes sobre la reforma tributaria


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¿Qué tanto sabes sobre el ejercicio de la revisoría fiscal y la auditoría?

¿Qué tanto sabes sobre la reforma tributaria sancionada con la Ley 2277 de 2022?

La Ley 2277 de 2022 en Colombia es una reforma tributaria que tiene como objetivo principal promover la igualdad y la justicia social, así como consolidar el ajuste fiscal del país.

Esta ley introduce una serie de medidas para fortalecer la tributación de los sujetos con mayor capacidad contributiva, aumentar los ingresos del Estado y combatir la evasión y elusión fiscal, aspectos que debes conocer para evitar quedar expuesto al pago de sanciones y reprocesos administrativos.

Por lo anterior, Actualícese ha creado esta evaluación llamada Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, con el fin de que tomes el reto de revisar cómo se encuentran tus conocimientos sobre este importante tema.

Esta evaluación consta de 20 preguntas de nivel intermedio sobre la correcta aplicación de la Ley 2277 de 2022.

¡Iniciemos!

1. 
Con los cambios introducidos por la Ley 2277 de 2022, el límite a la renta exenta del 25 % sobre los pagos laborales pasa anualmente de:

2. 
En la deducción por dependientes que actualmente contempla el inciso 2 del artículo 387 del ET, la cual corresponde al 10 % del total de los ingresos brutos hasta un máximo de 32 UVT mensuales, quien obtenga rentas por concepto de trabajo podrá deducir 72 UVT por dependiente y hasta un máximo de 4 dependientes. Tal enunciado es:

3. 
De acuerdo con la Ley 2277 de 2022, a partir del año gravable 2023 la tarifa aplicable a las ganancias ocasionales por conceptos diferentes a loterías, rifas y similares será del:

4. 
Las personas naturales que adquirieron bienes y/o servicios a lo largo del año 2023 (o siguientes) podrán solicitar como deducción en el impuesto de renta el () del valor de dichas adquisiciones, sin exceder las 240 UVT anuales.

5. 
Luego de expedida la Ley 2277 de 2022, las pensiones obtenidas en el exterior por las personas naturales a partir del año gravable 2023 serán tratadas en el impuesto de renta como:

6. 
La nueva versión del parágrafo del artículo 242 del ET, introducida por el artículo 3 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, establece que los dividendos pagados o decretados en calidad de exigibles a personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes estarán sujetos a retención en la fuente con tarifas del 0 % y el 15 % para aquellos que superen las 1.090 UVT. Además, el accionista persona natural residente podrá imputar la retención en la fuente practicada en su declaración de renta. Tal enunciado es:

7. 
El nuevo aporte voluntario creado con la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 solo aplica para las personas jurídicas. Tal enunciado es:

8. 
Con el artículo 75 de la Ley 2277 de 2022 se modificó el artículo 651 del ET, para reducir de forma permanente las sanciones relacionadas con la información exógena, antes conocida como medios magnéticos. Tal enunciado es:

9. 
De acuerdo con el parágrafo 7 del artículo 240 del ET, modificado por el artículo 10 de la reforma tributaria, se establece que la tarifa de renta que aplicarán las empresas editoriales en Colombia constituidas como personas jurídicas cuya actividad económica y objeto social sea exclusivamente la edición de libros será del:

10. 
Las instituciones financieras, las entidades aseguradoras y reaseguradoras, al igual que las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades comisionistas agropecuarias, las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities, y los proveedores de infraestructura del mercado de valores tributarán durante los períodos gravables 2023 a 2027 con una tarifa del:

11. 
La tasa mínima se denominará tasa de tributación depurada –TTD–, y no podrá ser inferior al 50 %. Tal enunciado es:

12. 
A partir de enero 1 de 2024 las personas naturales no residentes (sin incluir sucesiones ilíquidas) y las entidades del exterior, cuando estén ubicadas en países con los cuales Colombia no tenga en aplicación ningún convenio para evitar la doble tributación internacional, se convertirían en contribuyentes del impuesto de renta ante el Gobierno colombiano por tener presencia económica significativa, si se cumplen los requisitos de ley. Tal enunciado es:

13. 
La nueva versión del parágrafo del artículo 242 del ET, introducida por el artículo 3 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022, establece que los dividendos pagados o decretados en calidad de exigibles a personas naturales y sucesiones ilíquidas residentes estarán sujetos a retención en la fuente con tarifas del:

14. 
La ley de reforma tributaria modificó el artículo 607 del ET con el fin de incluir a los contribuyentes del régimen simple en la responsabilidad de presentar el formulario 160 con la declaración de activos en el exterior cuando dichos activos, al 1 de enero de cada año, tengan un valor patrimonial superior a 2.000 UVT.

15. 
El artículo 77 de la Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 modificó el artículo 519 del ET para establecer que los notarios tendrán que practicar de nuevo una retención a título de timbre sobre la venta de algunos bienes raíces. Tal enunciado es:

16. 
Las instituciones financieras, las entidades aseguradoras y reaseguradoras, al igual que las sociedades comisionistas de bolsa de valores, entre otros tipos de contribuyentes, estarán sujetas a la liquidación obligatoria de una sobretasa en el impuesto de renta que corresponderá a 5 puntos adicionales durante los períodos gravables 2023 a 2027.

17. 
La Ley de reforma tributaria 2277 de 2022 amplió el plazo para actualizar el registro web y remitir comentarios a la sociedad civil; ambos son requisitos para acceder y mantenerse en el régimen tributario especial. Para el 2025 este plazo vence el:

18. 
El artículo 6 de la reforma tributaria modifica el artículo 331 del ET para establecer que la renta líquida gravable de las personas naturales sometida al impuesto de renta estará conformada por la suma de las rentas líquidas cedulares obtenidas en las rentas de trabajo, de capital, no laborales, de pensiones y dividendos, y de participaciones. Tal enunciado es:

19. 
La sanción penal por omisión de ingresos en declaraciones tributarias establecida en el artículo 434B de la Ley 599 del 2000 (Código Penal), modificado por la Ley 2277 de 2022, aplica solo para:

20. 
El artículo 78 de Ley 2277 de 2022 modificó el artículo 580-1 del ET y estableció que las declaraciones de retención en la fuente presentadas sin pago, liquidando montos totales a pagar inferiores a 10 UVT, tendrán cuatro años de plazo para realizar su pago, contado desde el vencimiento del plazo para declarar. Tal enunciado es:

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