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¿Sabías que la reforma tributaria introdujo cambios importantes sobre las sanciones tributarias aplicables a esta obligación?
Los obligados a reportar la información exógena que no hayan cumplido con esta responsabilidad y lo hagan de forma extemporánea o presenten errores, quedan expuestos a la sanción prevista en el artículo 651 del ET. Ahora bien, dicha norma fue modificada con el artículo 80 de la Ley 2277 de 2022, con el fin de cambiar las tarifas aplicables y las opciones de reducción de esta sanción, aspecto clave a la hora de cuidar tu salud financiera.
Por lo anterior, Actualícese ha creado esta evaluación sobre Ruta de Actualización: información exógena AG 2024, con el fin de que tomes el reto de revisar cómo están tus conocimientos sobre este importante tema.
Esta evaluación consta de 25 preguntas de nivel intermedio sobre la sobre la preparación y presentación de información exógena AG 2024
Anímate a repasar nuestra ruta antes de iniciar, para dar tu mejor resultado.
¡Iniciemos!
2.
La información exógena sobre rentas de trabajo y de pensiones debe reportarse en el formato.
3.
Uno de los objetivos que persigue la Dian con la solicitud de la información exógena es:
4.
María Cardona, representante legal de la empresa Asesorías Contables S.A.S al momento de reportar la información exógena en el Muisca, lo realiza a nombre propio, indicando de esta manera su número de cédula. Tal conducta es:
5.
¿Con cuál resolución estableció la Dian qué contribuyentes quedan obligados a entregar el reporte de información exógena 2024?
7.
Los contribuyentes obligados a presentar la información exógena deben marcar en su Rut la responsabilidad:
9.
Al momento de elaborar el formato 1001 de información exógena tributaria a la Dian año gravable 2024 ¿cómo se debe reportar el INC que siempre se deja como mayor valor de los costos y gastos?
12.
Cuando la información exógena no se suministre dentro de los plazos establecidos o se presente con error, se debe pagar la sanción establecida en el artículo:
14.
La Dian se encuentra facultada para imponer la sanción por no enviar la información exógena como lo indica el artículo 638 del Estatuto Tributario
16.
En el formato 1001 se debe reportar:
17.
¿Quiénes no están obligados a presentar el reporte de información exógena por el año gravable 2024?
18.
¿Cómo deben reportarse las cifras monetarias en los reportes de exógena?
19.
¿Cuál es el monto mínimo para el reporte de pagos o abonos en cuenta en el formato 1001 de información exógena?
20.
¿Qué datos se deben proporcionar de cada persona o entidad que sea socia, accionista, cooperada, comunera o asociada en el formato 1010?
21.
Caso práctico de la sanción por no presentar la información exógena AG 2024
Según esta tabla, teniendo en cuenta lo aplicable después de la reforma tributaria 2022, en este caso el valor de la sanción equivale a:
Sanción por no suministrar información |
Descripción del formato | Valor no reportado |
Formato 1001 - Pagos y abonos en cuenta y retenciones practicadas | $ 200.000.000 |
Formato 1007 - Ingresos recibidos en el año | $ 300.000.000 |
Formato 1005 - Impuesto a las ventas por pagar (descontable) | $ 4.000.000 |
Formato 1008 - Saldo de cuentas por cobrar al 31 de diciembre | $ 10.000.000 |
Valores no reportados: | $ 514.000.000 |
Sanción hasta el momento: | ? |
22.
Caso práctico para determinar la obligación de reportar información exógena AG 2024 por una persona natural
Imaginemos a Fernanda García, una persona natural residente en Cali, Valle del Cauca.
Fernanda es una profesional independiente que durante el año gravable 2024 obtuvo ingresos significativos.
1. Ingresos brutos superiores a 11.800 UVT: En el año gravable 2024 María obtuvo ingresos brutos superiores a 11.800 unidades de valor tributario –UVT–.
Para el año 2024, 11.800 UVT equivalen a aproximadamente $555.367.000.
2. Ingresos por rentas de capital y/o rentas no laborales superiores a 2.400 UVT: Además, María obtuvo ingresos por rentas de capital y/o rentas no laborales superiores a 2.400 UVT, lo que equivale a aproximadamente $112.956.000 en el año gravable 2024.
De acuerdo con lo anterior, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Resolución 000162 de 2023, modificada por la Resolución 000188 de 2024, es correcto afirmar que sí se encuentra obligada a reportar la información exógena por el AG 2024.
Tal enunciado es:
23.
Caso de persona natural obligada a presentar información exógena AG 2024.
Juan Camilo Torres es persona natural y cumple con los requisitos para quedar obligado a presentar la información exógena por el AG 2024.
Esta persona durante este año tuvo ingresos recibidos para terceros por valor de \$50.000.000 y realizó inversiones en CDT por valor de $100.000.000.
De acuerdo con los formatos vigentes, en este caso se deben diligenciar:
24.
Caso práctico sobre la reducción de la sanción de la información exógena AG 2024
La empresa Consultorías Ltda. no presentó la información exógena correspondiente al año gravable 2024 dentro del plazo establecido por la Dian.
La sanción inicial impuesta fue del 1 % del valor de las operaciones no reportadas, según lo estipulado en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
Ahora bien, la empresa cumple con estos requisitos establecidos en el artículo 640 de Estatuto Tributario:
-
- Corrección voluntaria antes de cualquier requerimiento por parte de la Dian.
- Pago de la sanción dentro de los plazos establecidos.
- No reincidencia en el mismo tipo de infracción dentro de los últimos dos años.
- Se puede concluir que en este caso si aplica la reducción de la sanción exógena.
Tal enunciado es:
25.
La empresa Viajando Sin Límites SAS decide liquidarse, cesar sus operaciones en junio de 2024 y realiza, a su vez, la cancelación del RUT.
De acuerdo con las normas emitidas para solicitar la información del AG 2024 (Resolución 000162 de octubre de 2023 y Resolución 000188 de octubre de 2024), dicha entidad debe presentar los reportes exógena correspondientes al primer semestre del AG 2024.
Tal enunciado es:
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