Una copropiedad recibe un vehículo de parte de la constructora. Este forma parte de los bienes comunes. La asamblea decide venderlo y comprar otro de mayor utilidad para la copropiedad. A sabiendas que no somos contribuyente del impuesto de renta en la venta, la secretaria de transito, ¿nos debía hacer retención en la fuente a título de renta?
