No tengo claro si en una Propiedad Horizontal netamente residencial se debe cobrar o no IVA cuando alquila parqueaderos comunales y de visitantes, los cuales se alquilan a los mismos propietarios.
Tributario

No tengo claro si en una Propiedad Horizontal netamente residencial se debe cobrar o no IVA cuando alquila parqueaderos comunales y de visitantes, los cuales se alquilan a los mismos propietarios.

A partir del 1 de mayo se debe efectuar la retención en la fuente del Impuesto para la Equidad CREE, pero no sabemos qué cuenta del PUC se debe abrir para esta nueva retención.

Quiero saber si el 490 se puede diligenciar directamente de la página de la DIAN cuando son pagos anticipados y no hay declaración. Estoy haciendo referencia al pago de IVA anual. Es que entro al sistema y siempre me pide un número de declaración, pero en este caso no lo hay porque es un pago anticipado.

¿Necesariamente todo retenedor por renta se convierte en retenedor del CREE? ¿Se debe actualizar el RUT con una nueva obligación?

Una persona natural, régimen común, que en el 2011 obtuvo ingresos por $360.000.000 y en el 2012 obtuvo $1.011.000.000, y que no retuvo pero si le retuvieron a él, ¿debe presentar exógena? ¿Qué formatos de exógena debe presentar?

Somos mandatarios y presentamos obligatoriamente los seis formatos de contrato de mandato. Dentro de estos incluye el formato 1016 en el que se reportan las comisiones (ingreso para la inmobiliaria) que la inmobiliaria le cobra al mandante. En el formato 1007, ¿debo informar nuevamente los ingresos por comisiones que ya están reportados en el formato 1016?

Somos una inmobiliaria. Respecto al formato 1007 por favor me aclaran los siguientes ingresos en qué columnas se deben reportar: 1 Sanciones por mora recibidas por arrendatarias 2. Rendimientos financieros 3. Descuentos por pronto pago 4. Arrendamientos recibidos a través de contratos administrados por la misma inmobiliaria.

En el 2011 compré un activo por 80 millones. Lo informé como deducible en el 1001 y en el 1009, como cuenta por pagar los 50 pendientes, en el año correspondiente. Durante el 2012 cancelé la deuda. ¿Debo informar nuevamente en el 1001 este pago?


Una persona clasificada como empleado según la Ley 1607, durante el año gravable 2013 recibe ingresos por rendimientos financieros que superan el 20% de sus ingresos brutos, perdiendo la categoría de empleado. ¿Debe cambiar su código de actividad económica de asalariado a rentista de capital para presentar la declaración de renta? ¿De esta forma ya no tendría que calcular el IMAN en su declaración?