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Liquidador de sanciones e intereses de mora

Decreto Legislativo 1419 de 2026 · Reducción transitoria: sanciones al 15 % e intereses de mora al 4,5 % anual · Plazo máximo 19 de noviembre de 2026

Clic para abrir la herramienta

Datos de la obligación

En el artículo 10 el tratamiento de intereses depende del caso:
Capital de la obligación. Puede ser 0 si solo hay sanción.
Tasa de usura (interés bancario corriente de consumo y ordinario × 1,5) vigente al mes de la liquidación y el pago. El interés de mora ordinario = usura − 2 puntos (Art. 635 ET · Concepto DIAN 13463 de 2023). Septiembre 2026: 29,24 %. Edítela según el mes de pago.
Días en mora
0
Tasa diaria
0,01233 %
Intereses liquidados
$ 0
Aplica a obligaciones ya declaradas y presentadas pero no pagadas, en mora al 10 de agosto de 2026. Los intereses de mora se liquidan a la tasa reducida del 4,5 % anual, junto con el pago del 100 % de la obligación y el 15 % de las sanciones.
Capital$ 0
Intereses de mora$ 0
Sanción ingresada$ 0
15 % a pagar$ 0
Aplica sanción mínima (10 UVT 2026)$ 523.740
Total a pagar Decreto 1419$ 0
El 15 % se aplica sobre el valor de la sanción ingresada. El resultado no puede ser inferior a la sanción mínima de 10 UVT ($523.740 con la UVT de 2026). Si no hay sanción, este rubro es $0. La reducción de sanciones e intereses aplica a los contribuyentes de todo el país; solo las facilidades de pago abreviadas del Decreto 1419 están limitadas a las zonas afectadas. Consulte a su asesor tributario.
Días en mora
0
Tasa diaria
0,0746301 %
Intereses liquidados
$ 0
Liquidación con la tasa de interés de mora ordinaria vigente, sin ninguna reducción por beneficios del Decreto 1419 de 2026. Sirve como referencia para estimar el ahorro.
Capital$ 0
Intereses de mora (ordinarios)$ 0
Sanción ingresada (sin reducción)$ 0
Total ordinario$ 0
Interés de mora ordinario = usura − 2 puntos (Art. 635 ET). Con la usura ingresada, la tasa ordinaria aplicada es 27,24 % E.A. No incluye ninguna reducción de sanciones ni de intereses del Decreto 1419 de 2026.
ConceptoOrdinariaDecreto 1419
Capital$ 0$ 0
Intereses de mora$ 0$ 0
Sanción base$ 0$ 0
Sanción a pagar$ 0$ 0
Total a pagar$ 0$ 0
En la columna ordinaria la sanción se paga completa y los intereses se liquidan a la tasa vigente. En la columna del Decreto 1419 la sanción se reduce al 15 % (con piso de 10 UVT) y los intereses se calculan al 4,5 % anual (o $0 en corrección de declaraciones del artículo 10).

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