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“… doctor, me da un permisito que desde esta semana necesito irme 30 minutos antes porque voy para clase y los lunes, miércoles y viernes al medio día me demoro un poco porque tengo que ir a las prácticas. Pero jefe, tranquilo que sólo el jueves en la tarde debo reunirme con mis compañeros ‘dos horitas’…”
Aunque parezca un poco exagerado, existen empleados que “abusan” del permiso para ir a estudiar, pero ¿tiene el derecho para exigirlo?
Nadie niega las miles de ventajas que le representa a un empleador que sus trabajadores se capaciten, mejoren, aprendan nuevas tecnologías, y en general, que aprendan muchos aspectos que en algunos casos pueden ser aplicados en la empresa que laboran.
Pero ello no puede significar que el empleador tenga que sufragar los costos de un Salario Mensual, Seguridad Social y pago de Prestaciones Sociales a quien va a laborar un par de horas, pero que no cumple con la jornada de trabajo para la cual se le contrató.
Nunca se debe olvidar que así como se exige el pago al empleador, también se puede exigir al trabajador productividad.
El artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo establece las Obligaciones Especiales del Empleador para con sus trabajadores. Respecto a permisos, dicho artículo establece en su numeral 6º lo siguiente:
… “…6. Conceder al trabajador las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio; para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación; en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada; para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avise con la debida oportunidad al empleador o a su representante y que… Salvo convención en contrario, el tiempo empleado en estas licencias puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas de su jornada ordinaria, a opción del empleador.”
Quiere decir que los permisos obligatorios que debe otorgar el empleador son básicamente 5:
Como se observa, el empleador NO tiene la obligación legal de dar permisos a sus trabajadores para ir a estudiar en horas pactadas como jornada de trabajo.
Ojo: Renunciar porque no le dieron permiso para ir a estudiar en horario de trabajo, no es una Justa Causa de Renuncia y por ende dicha renuncia no genera indemnización a favor del trabajador.
Por supuesto que la no obligación de dar dicho permiso para ir a estudiar no es impedimento legal para que el empleador de manera voluntario lo haga. No se debe olvidar que el Contrato de Trabajo como todo contrato, es un Acuerdo de Voluntades y con tal que dichas estipulaciones no viole Derechos Mínimos, muchas cosas se pueden pactar.
Por ello, muchas empresas que tienen Reglamento Interno de Trabajo o incluso así no lo tengan, coordinan con sus empleadores distintas posibilidades con tal que el trabajador pueda estudiar, lo que a mediano y largo plazo, le permitiría dispones de una mejor mano de obra calificada, donde tanto empleador y trabajador ganan.
Entre las alternativas que se pueden acordar y el trabajador poder continuar sus estudios, se podrían presentar entre otras, las siguientes alternativas:
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