Entre el 6 de agosto de agosto y el 17 de octubre de 2019 se vencen los plazos para presentar la declaración de renta por el año gravable 2018 de las personas naturales según el Decreto 2442 de 2018. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
Entre el 6 de agosto de agosto y el 17 de octubre de 2019 se vencen los plazos para presentar la declaración de renta por el año gravable 2018 de las personas naturales según el Decreto 2442 de 2018. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
Paso a paso para declarar renta como persona natural por el año gravable 2018
Para aclarar la duda sobre cuáles son los contribuyentes que se encuentran obligados a presentar la declaración de renta por el año gravable 2018 se debe hacer la lectura de lo dispuesto en el Decreto 2442 de 2018.
Ahora bien, una persona natural debe agotar los siguientes puntos respecto al impuesto de renta son:
Es válido mencionar que la persona natural que califica como residente fiscal debe hacer la declaración de renta correspondiente al año gravable utilizando el formulario 210, aplicando el sistema de cedulación y actuando entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019 para no incurrir en la sanción por extemporaneidad fijada en el artículo 641 del ET.
Para leer más sobre este tema, consulte nuestro formato: Formulario 210 declaración de renta año gravable 2018 – Residentes no obligados a llevar contabilidad.
Declaración de renta de persona natural según los cambios del Plan Nacional de Desarrollo
El Plan Nacional de Desarrollo por la vigencia 2018 – 2022 fue expedido mediante la Ley 1955 de mayo 25 de 2019, documento en el cual se puede observar que fueron modificadas 30 normas de carácter tributario, como, por ejemplo, el pago del impuesto de renta de las personas naturales, así como el tratamiento de las rentas exentas, bienes gravados con IVA a la tarifa del 5 %, entre otros.
Ahora bien, uno de los cambios que introdujo la citada ley se relaciona con el tratamiento de las rentas exentas de las personas naturales, en la cual se advierte que no solo pueden aplicar las dispuestas en el artículo 206, sino también las de los artículos 126-1, 126-4, 206 y 206-1 del Estatuto Tributario.
Para leer más sobre este tema, consulte nuestro análisis: Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022 modifica más de 30 normas de tipo tributario.
Cédula que se debe utilizar para registrar un vehículo adquirido en un sorteo
Si una persona natural que califica como residente fiscal se gana un vehículo por valor de 300 millones de pesos, esta suma debe reflejarse en el renglón 77 del formulario 210, es decir, en la zona de ganancias ocasionales, sin el derecho de asociarle ningún costo o gasto, pues así lo dispone el artículo 304 del Estatuto Tributario.
Vale la pena precisar que sobre dicho valor se debe pagar el impuesto de renta a una tarifa del 20 %, y también debió practicarse la respectiva retención al momento del pago, la cual debe ser incluida en el formulario 210.
De acuerdo con lo anterior, es claro que este tipo de ingresos no afectan los valores registrados en las diferentes cédulas.
Para leer más sobre este tema, consulte nuestro caso de estudio: Forma en que se debe declarar un vehículo adquirido mediante sorteo.
Declaración de renta de contribuyentes ubicados en Cauca y Nariño
Para atender la consulta se debe hacer la lectura de los criterios fijados en el Decreto 608 de abril de 2019. De acuerdo con lo indicado en la citada normatividad, se puede afirmar con toda certeza que las personas naturales adscritas a las administraciones de Popayán y Pasto, al igual que los contribuyentes del resto del país deben presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2018 entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019.Sin embargo, este tipo de contribuyentes tendrán plazo pagar hasta el 30 de diciembre del año en curso para ello; alternativa que se dio por los impactos económicos generados por la minga indígena.
Recordemos que dicho beneficio fue extendido a las personas naturales adscritas a la administración de la Guajira, según lo indicado en el Decreto 651 de abril de 2019.
Para leer más sobre este tema, consulte nuestro análisis: Modifican plazos para pago del impuesto de renta en los departamentos de Cauca y Nariño.
Sistema de cedulación bajo la Ley 1819 de 2016 y la Ley 1943 de 2018
A partir de la Ley 1819 de 2016 se estableció que las personas naturales que califican como residentes fiscales deben reportar sus respectivas fuentes de ingreso aplicando el sistema de cedulación conformado por cinco categorías, esto es: rentas de trabajo, rentas de capital,rentas no laborales, rentas de pensiones, y dividendos y participaciones.
No obstante, mediante la Ley 1943 de 2018 se puede observar que dicho sistema fue ajustado, razón por la cual la declaración de renta de una persona natural correspondiente al año gravable 2019 y siguientes se hará utilizado también el sistema cedular, pero integrado de la siguiente manera: cédula general, cédula de pensiones, y dividendos y participaciones.
Contribuyentes que pueden utilizar la cédula de rentas no laborales
De acuerdo con los cambios que introdujo en su momento la Ley 1819 de 2016, toda persona natural obligada a declarar renta debe aplicar el sistema de cedulación a la hora de reportar sus respectivas fuentes de ingreso (el cual consta de cinco cédulas, pero que posteriormente fue reducido a tres cédulas mediante la Ley 1943 de 2018).
Es de anotar que en la “cédula de rentas no laborales” deben ser incluidos los ingresos que quedan por fuera, tales como las cédulas de rentas laborales, de capital o de pensiones.
Declaración de renta de un pensionado de las Fuerzas Militares que vive por fuera del país
Entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019 se cumplen los plazos para presentar la declaración de renta de las personas naturales correspondiente al año gravable 2018, loscuales quedaron sujetos a dicho impuesto por superar los montos descritos en el Decreto 2442 de 2018.
En ese sentido, se informa que cuando se trate de un pensionado de las Fuerzas Militares que vive por fuera del territorio nacional, por ejemplo, se debe determinar si esta persona califica o no como residente fiscal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Estatuto Tributario, pues en caso de ser residente quedará obligado a reportar los ingresos de fuente nacional y extranjera.
Registro de la compra de un taxi en la declaración de renta
Para conocer cuáles son las personas que quedaron obligadas a declarar renta por el año gravable 2018 se deben validar los topes establecidos en el Decreto 2442 de 2018.
Ahora bien, si el obligado a declarar renta tiene un taxi, por ejemplo, en su patrimonio fiscal debe figurar tanto el valor del vehículo como el cupo del taxi, siguiendo las instrucciones dadas en los artículos del 261 al 267 del ET, y el Concepto Dian 23029 de 2015, pues de no hacerse el hecho puede ser tipificado como un caso de “omisión de activos”.
Sello en el formulario 490 y 210 al presentar la declaración de renta en un banco
Las personas naturales que se encuentran obligadas a presentar la declaración de renta por haber superado los topes establecidos en el Decreto 2442 de 2018 deben supervisar que el funcionario de la entidad financiera coloque el sello en los formularios 490 y 210, porque si el 210 no queda sellado, la declaración en mención puede darse como no presentada, generando en algunos casos, incluso, el pago de la sanción por extemporaneidad descrita en el artículo 641 del Estatuto Tributario, afirmación puede ser validada en el artículo 580-1 de la misma norma.
Uso del formulario 210 para la declaración de renta de una sucesión ilíquida
Cuando un contribuyente persona natural concluye que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Estatuto Tributario, cumple con los criterios para actuar como residente fiscal, al momento de presentar su declaración de renta solo tendrá la opción de utilizar el formulario 210, incluso cuando se trata de una sucesión ilíquida, pues en caso contrario su obligación fiscal deberá ser presentada en el formulario 110.
Recordemos, además, que la Ley 1943 de 2018 dispuso un nuevo mecanismo para responder por el impuesto de renta tanto para persona naturales como jurídicas, el cual podrá ser implementado, pero solo por aquellos que cumplen con los parámetros establecidos entre los artículos 903 a 916 del Estatuto Tributario.