En Colombia las personas naturales residentes que llevan o no contabilidad se encuentran obligadas a presentar la declaración del impuesto de renta mediante la aplicación del sistema cedular y el formulario 210. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
En Colombia las personas naturales residentes que llevan o no contabilidad se encuentran obligadas a presentar la declaración del impuesto de renta mediante la aplicación del sistema cedular y el formulario 210. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
Formulario para presentar la declaración de renta de una persona natural
En los artículos 9 y 10 del Estatuto Tributario se encuentran fijados los criterios que definen a una persona natural como residente para efectos fiscales. Esta información es de gran utilidad a la hora de escoger el formulario que debe utilizarse para presentar la declaración de renta, pues en caso de tratarse de una persona natural residente, sin importar si lleva o no contabilidad se tendrá que utilizar el formulario 210.
Tratamiento de aportes a salud y pensión en la declaración de renta como persona natural
Las personas naturales obligadas a declarar renta pueden tomar el 100 % de los aportes a salud y pensión obligatorios como un ingreso no gravado en cualquiera de las cédulas que les corresponda al momento de presentar dicho impuesto, pues así quedó estipulado en los artículos 55 y 56 del Estatuto Tributario.
Obligación de declarar renta por persona natural responsable del IVA
Toda persona natural que califique como responsable de IVA queda obligada a presentar la declaración de renta, pues así lo señala el artículo 592 del Estatuto Tributario. Ahora bien, para determinar qué formulario debe utilizar para cumplir con dicha obligación tributaria será necesario, en primer lugar, evaluar si califica o no como residente fiscal.
Registro de aportes a cooperativas en declaración de renta de persona natural
Los aportes realizados a cooperativas deben ser llevados a la declaración de renta de una persona natural, porque estos también califican como bienes apreciables en dinero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 261 del Estatuto Tributario –ET–.
Este tipo de bienes se registran en la declaración de renta por el valor de su costo fiscal, en los términos de lo establecido en el artículo 267 del ET, razón por la cual resulta incorrecto aplicar el ajuste que dispone el artículo 73 del citado estatuto.
Posibilidad de presentar la declaración de renta de una persona natural en mayo
El formulario 210, utilizado para presentar la declaración de renta de personas naturales, se encuentra disponible en el Muisca de la Dian. Por lo tanto, ya se puede cumplir con esta obligación tributaria.
Recordemos que para adelantar este proceso es indispensable que el contribuyente realice la inscripción en el RUT. Al respecto, cabe señalar que dicho trámite puede incluso hacerse de manera virtual y posteriormente crear una cuenta de usuario en el portal de la Dian.
Residente en el exterior obligado a declarar renta
En el artículo 10 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1607 de 2012, están consignados los requisitos que debe cumplir una persona para calificar como residente fiscal.
De igual forma, se destaca que una persona que se encuentra viviendo por fuera del país deberá presentar la declaración de renta en Colombia si supera las 1.400 UVT por concepto de ingresos, y a su vez si estos valores no han sido sometidos a los procesos de retención fijados entre los artículos 407 a 411 del Estatuto Tributario.
Impuesto de industria y comercio deducible de la declaración de renta del año gravable 2018
La versión anterior de los artículos 115 y 115-1 del Estatuto Tributario facultaba a los contribuyentes del impuesto de renta para deducir el 100 % del impuesto de industria y comercio (y su complementario de avisos y tableros) cuando hubiera sido efectivamente pagado durante el año o período gravable, o causado durante el año, pero pagado antes de la declaración de renta.
Para 2019, a raíz de la promulgación de la Ley 1943 de 2018, y puntualmente tras la modificación hecha al artículo 115 del Estatuto Tributario mediante el artículo 76 de la citada ley, el impuesto de industria y comercio (y su complementario de avisos y tableros) podrá ser tomado bien sea como gasto deducible o como descuento en un 50 %.
Límites de deducciones y rentas exentas en declaración de renta de persona natural
El sistema de renta cedular para personas residentes fue modificado por la Ley 1943 de 2018. Para el año gravable 2019 y siguientes la depuración de las rentas se efectuará en tres cédulas: general, de pensiones, y de dividendos y participaciones.
La nueva cédula general se va a depurar conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 336 del Estatuto Tributario –ET–, modificado por el artículo 33 de la Ley de financiamiento. Las rentas exentas y deducciones podrán restarse siempre que ello no exceda el 40 % de los ingresos netos, y tampoco supere las 5.040 UVT.
Para saber más sobre este tema, consulte nuestro análisis: Rentas exentas para disminuir base de retención fueron modificadas con la Ley de financiamiento.
Cálculo de la renta presuntiva para la declaración de renta del año gravable 2019
El artículo 78 de la Ley 1943 de 2018 modificó al artículo 188 del Estatuto Tributario –ET–, mediante el cual se fija la base y porcentaje de la renta presuntiva. La base continúa siendo del 3,5 % del patrimonio líquido, pero el porcentaje de la renta presuntiva fue reducido al 1,5 % para 2019 y 2020, y al 0 % para el año gravable 2021. Lo anterior quiere decir que desde 2021 desaparece la renta presuntiva y, en consecuencia, aquellas sociedades que obtengan pérdida a partir de ese año pagarían cero pesos del impuesto sobre la renta.
Efectos tributarios de la nueva cédula general para personas naturales
El artículo 29 de la Ley 1943 de 2018 modificó al artículo 330 sobre el sistema de renta cedular del Estatuto Tributario –ET–. A partir del año gravable 2019 la depuración se realizará en tres cédulas, a saber: cédula general, de rentas de pensiones, y de dividendos y participaciones.
La cédula general se compone de las rentas de trabajo, de capital y no laborales. Las personas que declaraban en la cédula de rentas de capital o en la cédula de rentas no laborales tenían restricciones en cuanto a rentas exentas y deducciones, pero ahora podrán restarlas siempre que ello no exceda el 40 % de los ingresos netos, y tampoco supere las 5.040 UVT.
La depuración básica para la cédula general quedó señalada en el artículo 336 del ET (modificado por el artículo 33 de la Ley 1943 de 2018). Por su parte, las tarifas aplicables a esta cédula quedaron consignadas en el artículo 241 del ET, modificado por el artículo 26 de la Ley de financiamiento.