Ficha técnica:
- Categoría: Estándares internacionales
- Fecha de publicación: Enero 29 de 2021
- Fecha de grabación: Octubre 28 de 2020
- Duración: 1 hora 42 minutos
Actualizado: 29 enero, 2021 (hace 2 años)
Las Normas de Información Financiera –NIF– han establecido el impuesto diferido como un puente entre la contabilidad y la declaración del impuesto de renta, que busca el reconocimiento de las diferencias existentes entre la aplicación de los marcos normativos contables y las normas fiscales.
El impuesto diferido permite reflejar en los estados financieros las diferencias que surgen de la aplicación de las disposiciones normativas tributarias y de los marcos técnicos normativos contables, estableciendo las consecuencias fiscales futuras de hechos económicos presentes.
En otras palabras, el impuesto diferido es el puente entre la contabilidad y la declaración del impuesto de renta de una entidad.
Para el cálculo del impuesto diferido deben atenderse las disposiciones relativas a su tratamiento y reconocimiento, las cuales se encuentran en la sección 29 del Estándar Internacional para Pymes y en la NIC 12 del impuesto a las ganancias para entidades del grupo 1.
Objetivos
- Determinar cómo se realiza el reconocimiento, cálculo, medición e interpretación del impuesto diferido con base en la normativa vigente.
- Conocer cómo se llevan estos casos de impuesto diferido al formato de conciliación fiscal.
- Comprender el impacto contable y fiscal del reconocimiento del impuesto diferido para las organizaciones.
Temario
(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización)
- Impuesto diferido en propiedades, planta y equipo: ajuste por valorización: 00:00:13 – 00:25:59
- Impuesto diferido en propiedades, planta y equipo: diferencias en las vidas útiles: 00:026:00 – 01:05:18
- Impuesto diferido en inversiones a valor razonable nivel 1: acciones que cotizan en bolsa: 01:05:19 – 01:19:30
- Impuesto diferido en inversiones a valor razonable nivel 2 y 3: activos que no cotizan en bolsa: 01:19:31 – 01:30:12
- Impuesto diferido en comisiones de contratos para el grupo 2: 01:30:13 – 01:42:14
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