Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

8 pasos sobre el nuevo modelo de facturación electrónica


Actualizado: 18 marzo, 2016 (hace 8 años)

La DIAN terminó de definir los estándares, formatos y requisitos del nuevo modelo de facturación electrónica en el país, el cual deberá estar listo para el año 2018.

Si bien inicialmente se hará solo para algunas personas naturales y jurídicas, seleccionadas de forma gradual, se espera que para mediados de 2018 esté en todo el país.

Inicialmente, las personas seleccionadas para tener, de manera inicial, la factura electrónica, serán definidas por su volumen de operaciones, ingresos, patrimonio, importancia en el recaudo, nivel de riesgo, cumplimiento de obligaciones tributarias, solicitantes de devoluciones, zonas urbanas y/o rurales.

Son ocho pasos que buscan hacer práctico y efectivo el proceso. Téngalos en cuenta a la hora de recibir su futura factura electrónica. Si bien aún falta tiempo, es bueno tenerlo en cuenta desde ya.

  1. El emisor deberá de enviar una copia de la facturación electrónica a la DIAN en un plazo de 48 horas desde la emisión del documento.
  2. Una vez recibida la factura electrónica, la DIAN informará de la recepción al emisor del documento a través de un mensaje automático transmitido desde el Servicio Informático de Factura Electrónica de la DIAN.
  3. La DIAN verificará el contenido de las facturas a fin de que se cumplan los requisitos normativos. Una vez analizado, se podrá dar dos opciones.
  4. Validación y comunicación al emisor.
  5. No validación. El emisor dispondrá de 48 horas para la corrección del documento y el nuevo envío para validación.
  6. El emisor debe de poner a disposición del adquiriente la factura emitida; ya sea de forma electrónica o en papel.
  7. El adquirente que reciba la factura electrónica, deberá de hacer llegar al obligado a facturar electrónicamente el correspondiente acuse de recibo de la misma.
  8. Tanto el emisor de la factura electrónica como el adquiriente tienen obligación de conservar las facturas.

Fuente: Grupo Seres.

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