Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

$9.898.000 mensuales será el límite de transacciones exentas del pago del GMF en 2015


Actualizado: 6 enero, 2015 (hace 9 años)

Para la vigencia fiscal 2015 estarán exentas del GMF todas las transacciones que mensualmente no excedan 350 UVT, es decir $9.898.000.

Para la vigencia fiscal 2015, debe tenerse en cuenta que con la entrada en vigencia del artículo 45 de la Reforma Tributaria, Ley 1739 de 2014, se indicó el aplazamiento al desmonte del gravamen a los movimientos financieros, mejor conocido como “4 x mil”, de forma que ya no se produzca entre 2015 y 2018 sino entre 2019 y 2021, de tal forma que durante el año 2015 se deberá realizar la declaración y pago del GMF a tarifa del 4 x mil, pero ésta se irá reduciendo progresivamente de la siguiente forma:

– Al tres por mil (3 x 1.000) en el año 2019.

– Al dos por mil (2 x 1.000) en el año 2020.

– Al uno por mil (1 x 1.000) en el año 2021.

En todo caso, quienes abran una cuenta de ahorro en entidades financieras y cooperativas vigiladas por la Superintendencia Financiera se beneficiarán en el 2015 con la exención del impuesto, si sus transacciones anuales no exceden mensualmente la suma de 350 UVT, es decir $ 9.898.000 mensuales.

Finalmente es importante tener en cuenta que desde el año gravable 2013, de acuerdo con lo indicado en la Ley 1430 de 2010, es deducible el cincuenta por ciento (50%) del gravamen a los movimientos financieros efectivamente pagado por los contribuyentes durante el respectivo año gravable, independientemente que tenga o no relación de causalidad con la actividad económica del contribuyente, siempre que se encuentre debidamente certificado por el agente retenedor.

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