Los contribuyentes que posean bienes fuera del país, que se encuentren obligados a presentar la declaración anual de activos en el exterior (formulario 160), y no cumplan dicha obligación, se verán sujetos a las sanciones contempladas en los artículos 641 y 643 del Estatuto Tributario.
Los contribuyentes del impuesto de renta pertenecientes tanto al régimen ordinario como al régimen especial deben presentar la declaración de activos en el exterior, solo cuando posean este tipo de activos al 1 de enero de cada año. Si estos contribuyentes cumplen con dicha obligación de forma extemporánea, estarían sujetos a las sanciones contenidas en los artículos 641 y 643 del ET.
Con el fin de que evites las anteriores sanciones, te invitamos a acceder a nuestra sesión de actualización Declaración de activos en el exterior para personas jurídicas y naturales 2019, la cual puedes ver siendo parte de nuestra Suscripción Platino, con la cual podrás tener acceso a múltiples sesiones de actualización relacionadas con temas de alta importancia para el profesional contable.
Ten en cuenta que, si eres una persona natural que no está catalogada como gran contribuyente, debes cumplir con este importante requerimiento entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019, acatando los mismos plazos aplicables para la presentación de la declaración del impuesto de renta y complementarios.
¡Evita sanciones conociendo los pasos para declarar los activos en el exterior mediante esta completa sesión de actualización!
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