Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

A partir de agosto de 2012 las incapacidades y licencias no se restarán directamente en la PILA


Ficha técnica:

Actualizado: 11 julio, 2012 (hace 12 años)

Así lo dispone la norma contenida en el Art. 24 del Decreto 4023 de octubre 28 de 2011 con el cual se reglamentó la norma del artículo 159 de la Ley 1450 de junio de 2011. Las incapacidades y licencias se le tendrán que cobrar directamente a cada EPS (pública o privada). Aunque este cambio en el diligenciamiento de la PILA empezaría a  aplicar desde mayo de 2012, el decreto 825 de abril 25 de 2012  postergó su aplicación tres meses más.

Contenido

  • Comentarios a las normas contenidas en el Decreto 4023 de octubre de 2011 y Decreto 825 de abril de 2012 con los cuales se dispuso que en la PILA, a partir de agosto de 2012, no se seguirán restando los valores por incapacidades ni por licencias de maternidad o paternidad
  • Comentarios sobre la forma en que se tendría que registrar contablemente los valores por incapacidades y licencias a partir de agosto

Diapositivas

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