Los trabajadores independientes se clasifican y diferencian según las actividades que realizan y los sectores en los que prestan sus servicios.
Estas diferencias se reflejan, además, al momento de realizar los aportes al sistema de seguridad social.
Los trabajadores independientes se clasifican y diferencian según las actividades que realizan y los sectores en los que prestan sus servicios.
Estas diferencias se reflejan, además, al momento de realizar los aportes al sistema de seguridad social.
Un trabajador independiente es una persona natural que presta sus servicios con total independencia a favor de un tercero, es decir, sin verse sometido a órdenes por parte de un empleador. En su lugar, dicho trabajador acuerda con el contratista el cumplimiento de determinadas actividades.
En la legislación colombiana se reconocen tres tipos de trabajadores independientes, a saber:
Según lo establece la ley, los trabajadores independientes tienen la obligación de realizar aportes al sistema de seguridad social sobre:
Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente, el ingreso base de cotización –IBC– para los trabajadores independientes es del 40 % de sus ingresos, siempre y cuando estos no sean inferiores a un (1) salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–.
Por ser este un tema de gran interés, le invitamos a participar mañana, 13 de diciembre de 2019, a partir de las 3:00 p.m., de la transmisión en vivo de nuestro consultorio exclusivo, el cual será dirigido por la abogada Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral y seguridad social.
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