Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Acción de tutela: ¿en qué situaciones debe accionarse este mecanismo?, ¿cómo debe interponerse?


Acción de tutela: ¿en qué situaciones debe accionarse este mecanismo?, ¿cómo debe interponerse?
Actualizado: 24 noviembre, 2017 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Cómo interponer una acción de tutela?
  • Tenga en cuenta lo siguiente
  • ¿Cuándo no se puede interponer una tutela?

Toda acción de tutela puede presentarse de manera verbal o escrita, y accionarse a nombre propio, o en representación de la persona perjudicada, cuando esta no pueda presentarla personalmente. Además, aunque no es necesario recurrir a un abogado para hacerlo, se recomienda un asesoramiento legal.

La acción de tutela se considera un mecanismo cuyo objetivo es proteger los derechos fundamentales consagrados en la constitución política. Si estos derechos están siendo vulnerados, cualquier ciudadano puede interponer una acción de tutela y el fallo deberá ser cumplido a la menor brevedad posible. Se puede interponer una tutela contra providencias judiciales o contra particulares.

Como explica el abogado Raimundo Tello, el fallo de una acción de tutela siempre puede ser impugnado ante el juez competente, o ser remitido por este a la Corte Constitucional para su eventual revisión cuando la situación lo amerite. «Esta acción solo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un prejuicio», explica Tello.

¿Cómo interponer una acción de tutela?

Una acción de tutela en Colombia se puede presentar de forma verbal o escrita. Puede ser a nombre propio o en representación de la persona perjudicada, en caso de que esta no pueda presentarla personalmente.

No es necesario recurrir a un abogado para presentarla, aunque en algunos casos sí se recomienda, al menos, tener un asesoramiento legal, como cuando se quiere presentar una tutela de derecho a la salud o una tutela contra providencias judiciales.

“Presentada la acción de tutela, el juez analizará la situación, practicará pruebas y decidirá dentro de los 10 días siguientes a la solicitud”

La acción de tutela puede ser ejecutada por otro (y para el “beneficio de otros”) frente a las siguientes circunstancias:

  • Cuando quien solicita no sabe escribir.
  • Si el solicitante es menor de edad.
  • Al existir una urgencia de protección.

Tenga en cuenta lo siguiente

  1. Al presentar de forma verbal o escrita ante cualquier juez del lugar donde ocurrió la violación o la amenaza del derecho, la tutela deberá incluir: los datos de identificación, los hechos que lo llevaron a presentar la acción de tutela, los posibles derechos vulnerados, la solución que usted considera conveniente para proteger sus derechos y una declaración en la que se exprese que no se ha interpuesto una solicitud ante otra autoridad al mismo tiempo para proteger los derechos vulnerados.
  2. Presentada la acción de tutela, el juez analizará la situación, practicará pruebas y decidirá dentro de los 10 días siguientes a la solicitud. Si encuentra que existe una amenaza o violación a los derechos fundamentales, dará órdenes expresas a los responsables para que se supere la situación y se protejan los derechos.
  3. Si cuando oficialmente le comuniquen la decisión, el tutelante no está de acuerdo, este contará con tres días para presentar la impugnación, recurso en el cual deberá manifestar las razones de su inconformidad. La persona debe escribir la palabra “impugno”.

¿Cuándo no se puede interponer una tutela?

Cuando existan o se pueda recurrir a otros recursos o medios de defensa judicial. Tampoco procederá cuando se pueda proteger el derecho invocando el habeas corpusOtra forma en la que no procede una tutela es cuando se busca proteger un derecho colectivo, salvo que se busque evitar un perjuicio irremediable. Finalmente, cuando falte el elemento de la inmediatez, a no ser que este todavía continúe.

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