Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Activos biológicos: definición según el Estándar Internacional


Actualizado: 6 julio, 2016 (hace 8 años)

El Estándar Internacional aborda el tema de los activos biológicos en la Norma Internacional de Contabilidad –NIC– 41 para el caso de los preparadores del Grupo 1 que aplican el Estándar Pleno y en la Sección 34 para el caso de las entidades que pertenecen al Grupo 2 y por tanto aplican el Estándar para Pymes.

La apreciación sobre qué se considera o no un activo biológico no está incluida explícitamente en el cuerpo del estándar; sin embargo, para efectos de ambos marcos normativos, el glosario de las Normas Internacionales de Información Financiera ha definido los activos biológicos como aquellos animales vivos y plantas que se mantengan en el marco de una actividad agrícola.

Ahora bien, se considera que una organización realiza una actividad agrícola, siempre que gestione la transformación o recolección de activos biológicos para destinarlos a la venta o para convertirlos en un producto agrícola.

En los casos en que la entidad disponga de animales vivos o plantas vivos que no hacen parte de ningún proceso de explotación al interior de una actividad agrícola, no podrán ser clasificados en tal categoría. Este sería el caso por ejemplo de los perros que frecuentemente son utilizados para la prestación de servicios de seguridad en entidades de vigilancia, pues aunque son animales vivos no están vinculados a una actividad agrícola y por dicha razón deben reconocerse como parte de la propiedad, planta y equipo de la compañía.

Así pues, los elementos que puedan catalogarse como activos biológicos deberán ser medidos aplicando el modelo del valor razonable cuando este sea de fácil determinación, sin tener que recurrir a un costo o esfuerzo desproporcionado.

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