Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Depreciación de activos fijos inferiores a $1.713.500


Actualizado: 28 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Los activos denominados fiscalmente de menor cuantía serán aquellos con un costo igual o inferior a 50 UVT, equivalentes a $1.713.500 en el año 2019. Teniendo en cuenta que el valor de la UVT para el mismo año será de $34.270.

La legislación tributaria prevé la posibilidad de que los contribuyentes deprecien en un tiempo de un año, los activos que cumplan con una cuantía mínima. Cabe resaltar que se reconocen como activos de menor cuantía aquellos con un costo inferior o igual a 50 UVT, equivalente a $1.713.500 para el año 2019, pues cada UVT tiene un valor de $34.270 según lo establecido por la Dian en la Resolución 000056 de 2018. Por tanto, los activos que tengan un valor igual o inferior a $1.713.500 se aceptan tributariamente con una depreciación en el término de 12 meses o un período fiscal.

Es de vital importancia tener en cuenta los conceptos de vigencia fiscal y período gravable, ya que dicho monto de activos de menor valor a $1.713.500 debe considerarse para la declaración del período gravable 2019, el cual se presentará en la vigencia fiscal de 2020.

 

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