Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Acuerdo 012 de 05-11-2009


Actualizado: 5 noviembre, 2009 (hace 14 años)

Junta Central de Contadores
Acuerdo 012
05-11-2009

Por el cual se derogan los Acuerdos 009 del 26 de marzo de 2009 y 011 del 28 de mayo de 2009.

La Junta Central de Contadores en ejercicio de las facultades legales y,

Considerando

Que el artículo 20 de la Ley 43 de 1990 establece, que son funciones de la Junta Central de Contadores, entre otras, ejercer la inspección y vigilancia, para garantizar que la contaduría pública sólo sea ejercida por Contadores Públicos debidamente inscritos y que quienes ejerzan la profesión de Contador Público, lo hagan de conformidad con las normas legales. Así mismo, efectuar la inscripción de Contadores Públicos, suspenderla, o cancelarla cuando haya lugar a ello, llevar su registro y expedir, a costa del interesado, la tarjeta profesional y su reglamentación.

Que con fecha 26 de marzo de 2009, la Junta Central de Contadores expidió el Acuerdo número 009, por el cual se reglamenta aspectos relacionados con la Tarjeta Profesional de Contadores Públicos, estableciendo un nuevo formato de la Tarjeta Profesional de Contador Público.

Que con fecha 28 de mayo de 2009, la Junta Central de Contadores a través del Acuerdo número 011, decidió aplazar hasta el 31 de diciembre del presente año la entrada en vigencia del Acuerdo 009 del 26 de marzo de 2009.

Que en reunión de Junta No. 1811 del 10 de septiembre de 2009, evaluado el tema de los acuerdos 009 y 011 de 2009, antes citados, se decidió de manera unánime dejarlos sin efectos legales, considerando que una vez realizados los estudios correspondientes, la entidad no cuenta con el presupuesto requerido para dar cumplimiento a lo acordado en los términos y especificaciones técnicas señaladas.

En tal virtud,

Acuerda

Artículo Primero. Derogar los Acuerdos 009 del 26 de marzo y 011 del 28 de mayo de 2009.

Artículo Segundo. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y Cúmplase.

LEONARDO SÁNCHEZ GARRIDO
Presidente.

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