Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Acuerdo de doble tributación fue firmado entre Colombia y Reino Unido


Acuerdo de doble tributación fue firmado entre Colombia y Reino Unido
Actualizado: 15 noviembre, 2016 (hace 7 años)

Reino Unido se sumó a la lista de los países con los que Colombia tiene acuerdos de doble tributación. Nuestro país obtendrá información de las inversiones que sus ciudadanos tengan en Reino Unido. Se contarán con beneficios para que las personas paguen impuestos en un solo lugar.

“permitirá que las personas naturales y jurídicas, residentes o domiciliadas en alguno de los dos países, paguen sus impuestos en un solo lugar de forma organizada”

El 2 de noviembre de 2016, el Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, confirmó el acuerdo de doble tributación celebrado entre Colombia y el Reino Unido, y resaltó que este ayudará a prevenir la evasión fiscal. El funcionario recalcó que, además de facilitar el intercambio de productos y servicios entre los dos países, dicho acuerdo también ayudará a que las personas –naturales o jurídicas–, residentes en alguno de los dos países, cancelen sus impuestos en un solo lugar.

Puntos a destacar del acuerdo

  • Fomenta el comercio bilateral, aminora la carga tributaria de los inversionistas, y elimina las barreras que dificultan el intercambio de bienes y servicios, movimientos de capitales, tecnologías y personas entre los dos países.
  • El beneficio, de doble vía, permitirá que las personas naturales y jurídicas, residentes o domiciliadas en alguno de los dos países, paguen sus impuestos en un solo lugar de forma organizada, sin que aumente su obligación impositiva.
  • El acuerdo también contempla la asistencia mutua en materia tributaria.
  • Habrán reglas claras para prevenir la doble tributación sobre ingresos o patrimonio, ya que sin el convenio estos serían gravados con tributos similares o iguales en ambos países.
  • Reino Unido brindará información a Colombia sobre las inversiones que los colombianos tengan en dicho país y, de ser el caso, estos pagarán en Colombia los impuestos correspondientes.

El objetivo es que la tributación sea reducida en el Estado de origen, así: dividendos (0% cuando son pagados a fondos de pensiones reconocidos, 5% a compañías que tengan más del 20% del capital de la compañía distribuyendo el dividendo, y 15% en los demás casos), intereses (0% cuando se paguen a fondos de pensión), y regalías (10%).

El ministro Cárdenas ha manifestado que «las disposiciones del acuerdo se aplicarán a los Fondos de Pensiones de cada uno de los Estados. En este sentido, en caso de que un fondo de pensiones colombiano realice inversiones en el Reino Unido, el Fondo podrá verse beneficiado por las disposiciones establecidas».

Las exportaciones de Colombia a Reino Unido se han reducido en los últimos años. En 2014 el valor de estas fue de 1.090 millones de dólares y en el año 2015 la cifra bajó a 633 millones de dólares, es decir, una caída de 41,96%. No obstante, esta representa el 10,51% de las exportaciones de Colombia hacia la Unión Europea en 2015.

En octubre, fue el turno de Francia

En octubre de 2016, el Parlamento francés adoptó la convención fiscal firmada con nuestro país el 25 de junio de 2015, donde se definen las reglas para evitar la doble tributación entre dichos países, así como diferentes mecanismos para luchar contra la evasión y el fraude.

El Senado francés destacó que la ley autorizada por la convención se ajusta al modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico –OCDE–, y fija topes en la tasa de retenciones que podrán aplicar los dos Estados sobre los dividendos, los intereses o los cánones.

Este convenio se aplica a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, exigibles por cada uno de los Estados contratantes, cualquiera que sea el sistema de exacción o cobro.

Específicamente, los ingresos pasivos estarán sometidos a una retención del 5% o el 10% para los dividendos, del 10% para los intereses y del 10% para los cánones. Al respecto, la comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional indicó que los límites y las exoneraciones establecidos dan lugar a «un régimen más favorable que el de la OCDE».

Dicho régimen es mejor que el procedimiento utilizado por algunas empresas, que ante la ausencia de una convención bilateral hacían sus inversiones a través de España, país con una vigente desde 2005. Por tanto, el nuevo dispositivo es más favorable que la retención del 33% antes aplicada por Colombia. El acuerdo preserva la soberanía de los Estados con algunos ingresos y, en particular, a las actividades extractivas, que son «de una gran importancia para Colombia».

Así mismo, Francia puede aplicar sus regímenes fiscales específicos, en particular en inversiones inmobiliarias. La comisión de Finanzas de la Asamblea señaló que Francia y Colombia «comparten un alto nivel de exigencia en la lucha contra el fraude y la evasión fiscal», como lo ha corroborado esta convención.

El acuerdo incluye intercambios de información para otros efectos distintos a los tributarios, como, por ejemplo, contribuir a los esfuerzos de lucha contra el lavado de activos. «Este acuerdo para evitar la doble tributación sin duda es un buen incentivo para muchas empresas que estaban esperando que esto sucediera para que crezcan las inversiones de Francia en Colombia», manifestó el presidente Santos.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,