Una de las responsabilidades que tiene toda empresa es afiliar a sus empleados a la ARL, para que tengan cobertura en caso de un accidente de trabajo. A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema abordadas por nuestro equipo experto en la materia.
Una de las responsabilidades que tiene toda empresa es afiliar a sus empleados a la ARL, para que tengan cobertura en caso de un accidente de trabajo. A continuación, se presentan 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema abordadas por nuestro equipo experto en la materia.
Afiliación solo a riesgos laborales de empleado en período de prueba
Natalia Jaimes Lúquez, abogada y especialista en derecho laboral, indica que cuando una persona es vinculada a una empresa mediante contrato de trabajo se le debe afiliar al sistema de seguridad social, es decir, EPS, pensión y ARL, sin importar que se encuentre en período de prueba.
Recordemos que el período de prueba se establece con el fin de que las partes que intervienen en una relación laboral, es decir, empleador y empleado, puedan evaluar las condiciones del contrato para determinar si se continúa con este.
Cotización a la ARL por trabajador independiente que recibe menos de un salario mínimo
Natalia Jaimes Lúquez, abogada y especialista en derecho laboral, señala que de acuerdo con las reglas de la Resolución 5858 de 2016, los trabajadores independientes que hayan celebrado un contrato de prestación de servicios por período inferior a un mes no quedan obligados a cotizar y pagar ARL. Ahora bien, si la persona desea hacer la afiliación de forma voluntaria lo puede hacer utilizando la planilla “I” de independientes, y tomar el código 57. Así mismo, vale la pena destacar que los trabajadores independientes deben cotizar al sistema de seguridad social en salud sobre el 40 % del valor recibido mensualmente.
Empleador no ha reportado un accidente de trabajo ocurrido 5 días atrás
La Dra. Natalia Jaimes manifiesta que cuando se presenta un accidente de trabajo este debe ser reportado inmediatamente al empleador y, a su vez, este deberá reportarlo a la ARL en un máximo de dos días hábiles. Sin embargo, aun si el tiempo se ha excedido, se debe hacer el respectivo reporte.
El problema de no hacer el reporte a tiempo es que la ARL puede eximirse de responsabilidades, lo que implica que el empleador puede ser objeto de sanciones por la extemporaneidad del informe o, llegado el caso, deba responder por el pago de la incapacidad por accidente de trabajo.
Obligación de pagar ARL en contratos de prestación de servicios
Natalia Jaimes Lúquez, abogada y especialista en derecho laboral, indica que la Resolución 5858 de 2016 contempla diferentes cambios en cuanto al modo en que se liquidaban las cotizaciones bajo la normativa anterior, entre dichos cambios, uno de los más importantes es el que tiene que ver con los ajustes realizados a las planillas para reportar los pagos a seguridad social en este tipo de contratos.
En sintonía con lo anterior, se informa que si un trabajador independiente tiene un contrato por más de 30 días deberá cotizar a ARL sobre el 40 % del valor recibido mensualmente, valor que no puede ser inferior a un salario mínimo.
Finalmente, se menciona que este tipo de trabajadores deben asumir el 100 % de los aportes al sistema de seguridad social.
Incapacidad permanente parcial y entidad apta para declararla
La Dra. Natalia Jaimes indica que cuando un empleado ha perdido su capacidad laboral en algún porcentaje tiene derecho a que se le reconozca el pago de una prestación económica por concepto de indemnización o por pensión de invalidez.
Ahora bien, si empleado tiene una pérdida de capacidad laboral que oscila entre el 5 % y el 50 %, tal situación conlleva a que al empleado se le deba reconocer una indemnización sustitutiva de invalidez, pero si el porcentaje de la pérdida de la capacidad laboral está por encima del 50 % se genera un pago por pensión de invalidez.
En igual sentido, es importante anotar que las entidades sobre las que recae la responsabilidad de determinar la pérdida de capacidad laboral son las EPS o las ARL, o, en caso de que estas no logren determinarla, la junta regional de calificación de invalidez o la junta nacional de calificación de invalidez.
Afiliación a varias ARL de trabajador independiente que tiene varios contratos
Natalia Jaimes Lúquez, abogada y especialista en derecho laboral, señala que, según lo que dispone el DUR 1072 de 2015 del sector trabajo, cuando un trabajador independiente tiene contratos con diferentes empresas debe afiliarse solo en una ARL.
También es importante mencionar que el trabajador independiente que tiene varios contratos debe aportar al sistema de seguridad social por cada uno de estos sobre el 40 % del valor mensual recibido.
Responsabilidad de la ARL por accidente en contrato de teletrabajo
La Dra. Natalia Jaimes menciona que el teletrabajo es una forma de contrato de trabajo que reúne las tres condiciones básicas, esto es: subordinación, prestación personal del servicio y la respectiva remuneración. La particularidad que tiene este contrato es que la labor se realiza desde la casa, bajo la implementación de las TIC.
Por lo anterior, es claro que esta persona debe de estar afiliada a la ARL para que tenga cobertura en caso de presentarse un accidente de trabajo, pues de lo contrario deberá responder el empleador por no cumplir con la normatividad laboral.
No afiliación de empleados a la ARL por desconocimiento de la norma por parte de la empresa
La Dra. Natalia Jaimes indica que la mora en la no afiliación puede generar sanciones hasta de 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Por lo tanto, si una entidad no está cumpliendo con la obligación de afiliar a sus empleados ante la ARL, lo primero que debe hacer es determinar, de acuerdo con las labores realizadas por cada empleado, el nivel de riesgo que le corresponde y posteriormente adelantar el trámite ante la ARL para que se liquide la mora en que se encuentra el empleador, es decir, para que sean incluidos los respectivos períodos en que no se realizaron pagos.
Sanción para empresa que afilia a la ARL a un empleado en un nivel de riesgo que no corresponde
La Dra. Natalia Jaimes señala que para determinar el nivel de riesgo al cual se debe afiliar un empleado ante ARL, se debe estudiar cuáles son las actividades que realiza cada empleado de acuerdo con lo establecido en su respectivo contrato. De igual manera, es importante precisar que existe una tabla con cinco niveles de riesgo la cual establece cuál es el porcentaje a cancelar por la labor cumplida de cada trabajador. Ahora bien, si se afilia a un empelado a un riesgo que no corresponde esto genera conflictos con la aseguradora de riesgos laborales, en relación a las obligaciones económicas.
Suspensión del pago de ARL en vacaciones
La Dra. Natalia Jaimes señala que los aportes a ARL pueden suspenderse en vacaciones porque cuando un empleado está desempeñando funciones relacionadas con su cargo, en cualquier momento se puede presentar un accidente de trabajo que afecte sus capacidades, pero cuando se encuentra en período de vacaciones, incapacitado, con suspensión del contrato (conforme a lo establecido en el artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo), entre otras, no hay lugar al pago de ARL a razón de su no exposición a riesgos relacionados con la labor para la que ha sido contratado ni con el lugar de trabajo, esto, sin perjuicio de los otros pagos que sí debe seguir haciendo el empleador, es decir, aportes salud y pensión.