En este editorial presentamos los documentos que deben ser tenidos en cuenta por parte de las empresas jurídicas del sector privado, empleadores persona natural, personas naturales y trabajadores independientes para afiliar a sus empleados a la ARL correspondiente.
En este editorial presentamos los documentos que deben ser tenidos en cuenta por parte de las empresas jurídicas del sector privado, empleadores persona natural, personas naturales y trabajadores independientes para afiliar a sus empleados a la Administradora de riesgos laborales correspondiente.
El sistema general de riesgos laborales es un conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, que tienen el objetivo de prevenir, proteger y atender a los trabajadores frente a los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles como consecuencia del trabajo que desarrollan.
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo, enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del sistema general de riesgos laborales.
Una de las características del sistema general de riesgos laborales es que las entidades administradoras de dicho sistema tendrán a su cargo la afiliación al sistema y la administración del mismo. Veamos qué documentos se deben tener en cuenta para la afiliación a la ARL.
La ARL deberá carnetizar a sus afiliados. Además, deberá carnetizar a todo nuevo afiliado dentro de los dos meses siguientes a su afiliación. El carné deberá tener como mínimo:
Las entidades administradoras de riesgos laborales no podrán rechazar, dilatar, dificultar o negar la afiliación de las pequeñas empresas, ni a los trabajadores de estas. Incurrir en lo anterior generaría multas de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Por otra parte, las administradoras de riesgos laborales no podrán rechazar la afiliación de empleadores que tengan a su cargo trabajadores del servicio doméstico. Las conductas realizadas por los funcionarios que rechacen, dilaten, dificulten o nieguen su afiliación, generarán multas de hasta 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
—> Solicitud de afiliación de trabajador dependiente.
—> Solicitud de afiliación de trabajador independiente.
* Con información del Ministerio de Salud.