Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Ajustes a inventarios en la NIIF para Pymes


Actualizado: 15 abril, 2015 (hace 9 años)

Algunas empresas que aplican NIIF para Pymes, tiene inventarios de años anteriores que en su momento tuvieron descuento pie factura y en resulta pertinente preguntarse si al aplicar la Sección 35, tendría que revisarse los años pasados y recalcular el costo del inventario para el reconocimiento inicial.

En este asunto hay que tener en cuenta algunos aspectos, en primer lugar; hay que aclarar que en la medición para la elaboración del Estado de Situación Financiera, se trabajarán solamente los inventarios que estén en existencia a esa fecha, a la fecha de elaboración del informe financiero, que en este momento vendría a ser el Estado de Situación Financiera de Apertura –ESFA–; si es un inventario que se compró y ya se vendió, no tendrá ningún impacto en el ESFA.

Ahora bien, es posible que a la fecha del balance inicial existan inventarios que llevan varios períodos en poder de la compañía sin ser comercializados; y en tal caso los descuentos a pie de factura y los descuentos comerciales condicionados relacionados con esos inventarios para dar aplicación a del requerimiento de la Sección 13 que pide que el costo de los inventarios se calcule descontando cualquier menor valor por efectos de descuento; si a esos inventarios existentes en el balance de apertura es posible calcularles cuánto de su valor fue disminuido por concepto de intereses sin tener que hacer un esfuerzo desproporcionado, (usted puede tener un inventario que lo compró en varias partes y ese inventario responde a 15 o 20 facturas de diferentes períodos que probablemente si son de años anteriores ya están en archivo muerto que puede estar en otra ubicación, entonces se pierde la historia y es muy difícil reconstruirla), se podría calcular ese valor de los descuentos y excluirlos de la medición de los inventarios en el Estado Financiero de Apertura –ESFA–.

En la práctica, en la mayoría de los casos es impracticable el cálculo de estos costos; se han realizado análisis en algunas entidades que manejan grandes volúmenes de inventarios y los ajustes por este concepto resultan siendo muy pocos para las existencias a la fecha del balance de apertura.

Adicionalmente, debe recordarse que el procedimiento para elaborar el ESFA en lo relacionado con inventarios, indica que debe evaluarse si el inventario cumple la definición y los criterios de reconocimiento, si cumple el inventario se queda, sino los cumple el inventario debe ser dado de baja. Por ejemplo, es posible que se tenga un inventario del cual se sabe que ya es imposible su comercialización al menos a un valor que permita recuperar su costo, se puede tener un inventario que costó $100.000.000 pero se sabe que si lo quiere vender, tiene que venderlo por chatarra o por excedente y se gana $1.000.000 o 2.000.000, por tal motivo es un inventario que no cumple con la definición, pues ya no es mercancía que se pueda vender en el ciclo normal del negocio.

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Si el inventario continua allí y tiene un valor comercial aún, con expectativa de venta, se deja como inventario y posteriormente se clasifica, la NIIF pide que clasifique los activos en la categoría que deben ir y por último que los mida de acuerdo con la NIIF y esto último implica también hacer una evaluación del deterioro del valor del inventario, si es un inventario que aunque tenga un valor comercial, se proyecta que apenas se podrá vender en 8, 10 o 15 años, significa que ese inventario está deteriorado; no estará deteriorado siempre y cuando su venta se espere realizar en unos períodos cercanos después del balance de apertura y según el la duración del ciclo de actividad normal de la compañía.

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