Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Al salario y a las prestaciones sociales los empleados no pueden renunciar


Al salario y a las prestaciones sociales los empleados no pueden renunciar
Actualizado: 2 septiembre, 2014 (hace 10 años)

Cuando a un empleado le deben un valor determinado de salario y prestaciones sociales le deben pagar ese valor completo. Lo que sí se puede negociar son los intereses moratorios; los plazos en los que se pagará la deuda.

Brevemente resolvamos el siguiente caso. Desde hace un año me deben liquidación de prestaciones sociales. El dí­a de mi retiro yo acepté que me pagaran en dic. el 50% con intereses moratorios y el 30 de junio el saldo con intereses. ¿Esto es legal?

Hay unos derechos que no se pueden negociar y a los cuales no se pueden renunciar. Una persona no puede renunciar, así firme no es válida la renuncia, al salario y a las prestaciones sociales. Es un punto que no se negocia.

Si a una persona le deben en salario y prestaciones sociales $100, es ese valor y punto. No se puede renunciar para que le den $99.

Lo que sí se puede negociar es la mora, los intereses moratorios. En este caso que nos plantean la persona no está renunciando a los $100 del salario y las prestaciones sociales. Se las están pagando, simplemente que aceptó que se las pagaran en dos cuotas, pero no le están dejando de pagar nada. Si usted lo aceptó entonces es un acuerdo válido.

Lo anterior siempre y cuando no le afecten en un peso en lo correspondiente a valores no negociables como son salario y prestaciones. Puede negociar la forma y los plazos. Es legal.

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