¿Las entidades del régimen tributario especial están obligadas a calcular el anticipo del impuesto de renta y complementarios?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Las entidades del régimen tributario especial están obligadas a calcular el anticipo del impuesto de renta y complementarios?
Pregunta resuelta febrero 27 de 2020
Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica si las entidades del régimen tributario especial deben o no calcular el anticipo del impuesto de renta y complementarios.
Recordemos, además, que este tipo de entidades fueron reglamentadas mediante la expedición del Decreto 2150 de 2017.