¿Si un arquitecto perteneciente al régimen común compra unos bienes gravados necesarios para su obra, los cuales están soportados por una factura POS expedida sin nombre del comprador, el IVA de esta factura es descontable para la declaración de IVA del arquitecto?
Resuelta 07 de septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, menciona que el IVA que paga un arquitecto para llevar a cabo la construcción de una obra no puede tratarse como un IVA descontable en la declaración de dicho impuesto, porque el IVA que genera lo hace solo sobre la utilidad. En este caso, el IVA pagado en la compra de materiales para la construcción de la obra se debe tratar como un mayor valor del costo o gasto de los inventarios y tomarse en la declaración de renta.