Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aplicación de IVA en el retiro de inventario para uso propio de la entidad


Actualizado: 13 octubre, 2017 (hace 7 años)

¿Si una empresa retira inventario para uso puede considerar dicho retiro como venta y, por consiguiente, facturar el IVA?

Resuelta  14 de Septiembre de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que según el literal b) del artículo 421 del Estatuto Tributario, el cual fue modificado mediante el artículo 174 de la Ley 1819 de 2016, a los inventarios retirados para uso propio debe aplicárseles el IVA sobre el valor por el cual se compraron, porque de esta manera se compensa el IVA que se tomó como descontable en el pasado.

Finalmente, se aclara que a partir de 2017, con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016, solo quedaron dos periodicidades de IVA, bimestral y cuatrimestral.

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