Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Deducción por dependientes en renta por los dos cónyuges


Actualizado: 17 julio, 2020 (hace 4 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Si dos cónyuges se encuentran obligados a presentar la declaración de renta como persona natural, ¿ambos pueden tomar como deducción por dependientes a los dos hijos que tienen?

Pregunta resuelta  julio 9 de 2020

La deducción por dependientes económicos establecida en el artículo 387 del Estatuto Tributario permite disminuir el valor a pagar por concepto del impuesto de renta.

Es importante tener presente que en la actualidad, esta materia se rige por lo determinado en el artículo 1.2.4.1.18 del DUR 1625 de 2016, modificado por el artículo 9 del Decreto 2250 de 2017. Dicho artículo no menciona que un mismo dependiente no pueda ser tomado como deducción por dos contribuyentes (por ejemplo, los dos padres) en el momento de solicitar la depuración de la retención en la fuente, tampoco menciona que no pueda tomarse en el momento de presentar sus respectivas declaraciones de renta.

No está demás recordar que deberán declarar renta por el año gravable 2019, las personas naturales que hayan superado los topes señalados a continuación:

  1. Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT a diciembre 31 de 2019.
  2. Ingresos brutos superiores a 1.400 UVT a diciembre 31 de 2019.
  3. Ser responsable del IVA en Colombia durante 2019.
  4. Consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT.
  5. Compras y consumos totales en 2019, independientemente de la modalidad y medio de pago, superiores a 1.400 UVT.
  6. Consignaciones, depósitos o inversiones financieras en Colombia y en el exterior superiores a 1.400 UVT.
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